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Documento BOE-A-1997-16348

Orden de 2 de julio de 1997 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en el recurso contencioso-administrativo número 1.752/1996, promovido por don Ángel Saro Cuesta.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 21 de julio de 1997, páginas 22281 a 22281 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1997-16348

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha dictado sentencia, con fecha 18 de abril de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 1.752/1996, en el que son partes, de una, como demandante, con Ángel Saro Cuesta, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 24 de septiembre de 1996, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 17 de abril de 1996, sobre pensión complementaria de jubilación.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo promovido por don Ángel Saro Cuesta, representado y defendido por el Letrado don Miguel Ángel Saro Gandarillas, contra la Resolución del Subsecretario del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 24 de septiembre de 1996, por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 17 de abril de 1996, por la que se deniega la pretensión del recurrente sobre reconocimiento de pensión del Montepío de Funcionarios de la Organización Sindical.

Sin que proceda hacer mención expresa acerca de las costas procesales causadas, al no haber méritos para su imposición.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 2 de julio de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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