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Documento BOE-A-1997-16442

Resolución de 1 de julio de 1997, de la Dirección General de Enseñanza Superior, por la que se conceden los premios «A. de Betancourt-J. R. Perronet» de investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 22 de julio de 1997, páginas 22408 a 22409 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-16442

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de 15 de mayo de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de junio), se convocaba la presentación de solicitudes de subvención para el perfeccionamiento y movilidad temporal de personal investigador y otras acciones del programa sectorial de promoción del conocimiento.

De conformidad con lo establecido en el punto 5.1 del anexo VI de la Resolución mencionada, se ha reunido el jurado de selección que ha acordado por unanimidad la concesión de los premios a los investigadores que se relacionan en el anexo.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución de convocatoria, he acordado la concesión de las subvenciones relacionadas en el citado anexo a los investigadores que se señalan, destinadas a la financiación de los premios «A. de Betancourt-J. R. Perronet 1996» de investigación.

El gasto será imputado al crédito 18.07.781 del programa 541A de los Presupuestos Generales del Estado, desglosado en los ejercicios presupuestarios siguientes:

Pesetas

Anualidad 1997 / 1.400.000

Anualidad 1998 / 6.100.000

Total / 7.500.000

El pago efectivo de las subvenciones para el ejercicio de 1998 queda supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos en los Presupuestos Generales del Estado.

Los organismos perceptores de las subvenciones presentarán certificación que acredite que sus importes se han incorporado a su contabilidad, en el plazo de tres meses, a contar desde su percibo.

Las subvenciones quedarán afectas a los fines para los que se otorgan. De su correcta utilización responderán los organismos perceptores, dentro de los tres meses siguientes a la terminación de las acciones, de la siguiente forma:

Con certificación que la acredite, los organismos sujetos a fiscalización por el Tribunal de Cuentas.

Con justificantes originales, los no sujetos a esa fiscalización.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación que establece el artículo 58.1 de la Ley de 27 diciembre de 1956, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, previa comunicación a que se refiere el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según dispone la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en su artículo 57.2.f).

Madrid, 1 de julio de 1997.-El Director general, Alfonso Fernández Miranda Campoamor.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Formación y Promoción del Conocimiento.

ANEXO

Organismo receptor: Universidad Complutense de Madrid

Dotación

mensual

-

Pesetas / Ayuda

de viaje

-

Pesetas / 1997

-

Pesetas / 1998

-

Pesetas / Fecha fin / Fecha inicio / Investigador francés galardonado / Investigador español receptor / Centro español

Pomeau, Yves / García Velarde, Manuel / Instituto de Investigación Plurisdisciplinar / 1-10-1997 / 30-9-1998 / 400.000 / 200.000 / 1.400.000 / 3.600.000

Porcher, Pierre / Alario Franco, Miguel / Departamento Química Inorgánica I. / 1- 2-1998 / 31-7-1998 / 400.000 / 100.000 / 0 / 2.500.000

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