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Documento BOE-A-1997-16544

Orden de 11 de julio de 1997, sobre resolución de dieciséis expedientes por incumplimiento de las condiciones establecidas en la concesión de incentivos al amparo de la Ley 50/1985.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 23 de julio de 1997, páginas 22521 a 22521 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-16544

TEXTO ORIGINAL

A las empresas relacionadas en el anexo de esta Orden, al no haber acreditado en tiempo y forma el cumplimiento de las condiciones vinculantes establecidas en las resoluciones de concesión de las subvenciones, se les instruyeron los oportunos expedientes de incumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre.

En la instrucción de los expedientes se han observado las formalidades legales, habiéndose concedido a las empresas afectadas los plazos preceptivos para el cumplimiento de los trámites de formulación de alega ciones y de audiencia previstos en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 35 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, modificado por el Real Decreto 302/1993, de 26 de febrero, y por Real Decreto 2315/1993, de 29 de diciembre.

De las actuaciones resulta probado que los titulares de las subvenciones no han acreditado haber cumplido en tiempo y forma las obligaciones que contrajeron en la aceptación de las condiciones de los incentivos.

Este Ministerio, al amparo de lo dispuesto en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, y su Reglamento de desarrollo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre; el Real Decreto 765/1996, de 7 de mayo; el Real Decreto 1884/1996, de 2 de agosto, y demás disposiciones de aplicación, así como los informes de la Dirección General de Análisis y Programación Presupuestaria, tiene a bien disponer:

Artículo único.

Se declara el incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los incentivos regionales otorgados a las empresas relacionadas en el anexo de esta Orden. En consecuencia, se modifica el importe de las subvenciones concedidas en proporción al alcance del incumplimiento según se detalla en el anexo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados, previa la comunicación preceptiva al Ministerio de Economía y Hacienda, pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación de la misma, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Madrid, 11 de julio de 1997.-P. D. (Orden de 7 de junio de 1996), el Secretario de Estado de Presupuestos y Gastos, José Folgado Blanco.

Anexo a la Orden de declaración de incumplimiento de condiciones en expedientes de concesión de incentivos regionales

Relación de empresas afectadas

Alcance del

incumplimiento

-

Porcentaje / Subvención concedida

-

Pesetas / Subvención procedente

-

Pesetas / A reintegrar al Tesoro

Público

-

Pesetas / Número de expediente / Titular / Cantidades percibidas

-

Pesetas

AL/0123/P08 / «Forvap Prefabricados, Sociedad Anónima» / 0 / 100 / 92.965.200 / 0 / 0

CO/0316/P08 / «Tubos y Repuestos de Plásticos, Sociedad Anónima». / 0 / 100 / 19.045.320 / 0 / 0

SE/0346/P08 / «NH Andalucía, Sociedad Anónima» / 140.680.000 / 18,69 / 140.680.000 / 114.382.761 / * 26.297.239

SE/0553/P08 / «BMK Cárnicas, Sociedad Anónima» / 0 / 100 / 31.539.960 / 0 / 0

BU/0040/P07 / «Tiempo, Frecuencia y Electrónica, Sociedad Anónima» / ** 286.212.000 / 100 / 185.196.000 / 0 / * 185.196.000

LE/0028/P07 / Mármoles Coque, Sociedad Limitada» / 0 / 100 / 5.735.000 / 0 / 0

BA/0247/P11 / «Kit Extremadura, Sociedad Limitada» / 34.389.360 / 100 / 34.389.360 / 0 / * 34.389.360

LU/0154/P05 / «Galimobel, Sociedad Limitada» / 0 / 100 / 3.068.170 / 0 / 0

LU/0172/P05 / «Alojamientos Lucenses, Sociedad Limitada» / 0 / 100 / 144.987.390 / 0 / 0

OR/0115/P05 / Bodega «La Tapada», SAT n. 732 / 0 / 100 / 23.503.840 / 0 / 0

OR/0172/P05 / «Pizarras Los Tres Cuñados, Sociedad Anónima» / 0 / 100 / 13.304.000 / 0 / 0

OR/0178/P05 / «Aceper, Sociedad Limitada» / 0 / 18,58 / 30.088.200 / 24.497.686 / 0

PO/0469/P05 / «Alfer Etiquetas en Continuo, Sociedad Anónima» / 0 / 100 / 14.043.840 / 0 / 0

MU/0604/P02 / «Láminas Asfálticas del Mediterráneo, Sociedad Anónima» / 0 / 47,37 / 34.810.650 / 18.321.395 / 0

MU/0641/P02 / «Texsanit, Sociedad Limitada» / 40.180.000 / 100 / 40.180.000 / 0 / * 40.180.000

SS/0086/I33 / «Loire, Sociedad Anónima Franco Española» / 0 / 100 / 14.900.800 / 0 / 0

* Junto con el importe a reintegrar se exigirá el interés legal correspondiente.

** Con fecha 1 de agosto de 1994 se comunicó a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera la obligación de reintegrar 101.016.000 pesetas (más el interés legal) por modificación de la subvención.

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