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Documento BOE-A-1997-16570

Orden de 27 de junio de 1997 por la que se modifica la autorización del centro concertado de Bachillerato «San José Obrero III», de Palma de Mallorca (Islas Baleares), y se procede a su configuración definitiva como Centro de Educación Secundaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 23 de julio de 1997, páginas 22537 a 22537 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-16570

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente tramitado a instancia de don Sebastián Arrom Coll, representante de la titularidad del centro concertado de Bachillerato «San José Obrero III», de Palma de Mallorca (Islas Baleares), solicitando modificación de la autorización por reducción de tres unidades,

Este Ministerio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14.1 del Real Decreto 332/1992, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización del centro concertado de Bachillerato que se describe a continuación y proceder a su configuración definitiva como centro de Educación Secundaria:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «San José Obrero III».

Titular: Parroquia de San José Obrero-Obispado de Mallorca.

Domicilio: calle Mare de Deu de Montserrat, número 67.

Localidad: Palma de Mallorca.

Municipio: Palma de Mallorca.

Provincia: Islas Baleares.

Enseñanzas que se autorizan: Bachillerato en las modalidades de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud y de Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: 12 unidades y 420 puestos escolares.

Segundo.-Provisionalmente, y hasta que no se implanten las enseñanzas definitivas, de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, el centro de Educación Secundaria podrá impartir Bachillerato Unificado y Polivalente y Curso de Orientación Universitaria, con una capacidad máxima de 12 unidades y 480 puestos escolares.

Tercero.-Contra esta Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 27 de junio de 1997.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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