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Documento BOE-A-1997-16668

Resolución de 26 de junio de 1997, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de homologación e inscripción en el registro del siguiente producto, fabricado por «Llamas, Sociedad Anónima»: Bidón metálico, tapa fija, marca y modelo «Llamas, Sociedad Anónima», CIL TT, para el transporte de mercancías peligrosas.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 24 de julio de 1997, páginas 22859 a 22860 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1997-16668

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Llamas, Sociedad Anónima», con domicilio social en calle Coll y Pujol, 90-112, municipio de Badalona (Barcelona), para la homologación e inscripción en el registro del siguiente producto, fabricado por «Llamas, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en Badalona: Bidón metálico, tapa fija, marca y modelo «Llamas, Sociedad Anónima», CIL TT, para el transporte de mercancías peligrosas.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el registro se solicita, y que la EIC-ENICRE, ICICT, mediante informe, certificado y actas con clave BB.VC.12169/97-2, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 13 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas,

He resuelto: Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción B-506, y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado las que se indican a continuación:

Marca y modelo: «Llamas, Sociedad Anónima», CIL TT.

Características:

Bidón metálico, tapa fija.

Material: Hojalata electrolítica S/EN-10203.

Espesor cuerpo-fondo (milímetros): 0,23-0,23; 0,25-0,25 para diámetro 170 milímetros.

Espesores tapa (milímetros):

Diámetro 24, 32, 42 milímetros: 0,26.

Diámetro 57 milímetros: 0,3.

Diámetro (milímetros) x altura (milímetros) x capacidad (litros):

62x96x0,25.

71,3x92x0,25.

80x96; 122x0,375; 0,5.

100x60; 90; 98; 156; 118; 148x0,15; 0,375; 0,500; 1; 0,75; 1.

108x122,5; 130; 137x1; 1; 1.

170x205; 245; 268x4; 5; 6.

Código: UN 1A1/Y 1,8; 2,7; 3,6; 5,4/115/97/E/«Llamas, Sociedad Anónimas», B-506.

Productos autorizados a transportar por carretera (TPC-ADR), ferrocarril (RID-TPF) y mar (IMO-IMDG):

Se tendrá que cumplir Y-1,14 x «1 (x=tensión de vapor del líquido a 15 oC en Kpa; Y=tensión de vapor del líquido a 55 oC en Kpa).

Las materias que pueden ser envasadas y transportadas en estos modelos de envase son todas aquellas con una densidad relativa máxima de 1,8 gramos/centímetro cúbico para II (*) y 2,7 gramos/centímetros cúbico para III (*) y una tensión de vapor, a 50 oC, igual o inferior a 123 KPa; de las clases siguientes:

(*) densidades según IMDG. Para sustancias sujetas al ADR/RID, las densidades serán: 3,6 gramos/centímetro cúbico para grupo II y 5,4 gramos/centímetro cúbico para grupo III.

Clase 3: Las de los apartados 3.o b), 4.o b), 5.o b) y c), 31.o c), 32.o c), 33.o c), 34.o c) y las materias que presenten un grado menor de toxicidad, clasificadas en b) de los apartados 41.o al 57.o del marginal 2301 del ADR'95.

Clase 4.1: Las admitidas al transporte en bidones metálicos en las páginas 4011 a 4070 del IMDG; y las clasificadas en c) de los apartados 1.o al 17.o, del marginal 2401 del ADR'95.

Clase 4.2: Las admitidas al transporte en bidones metálicos en las páginas 4080 a 4130 del IMDG; y las clasificadas en c) de los diferentes apartados del marginal 2431 del ADR.

Clase 4.3: Las admitidas al transporte en bidones metálicos en las páginas 4136 a 4190 del IMDG; y las clasificadas en c) de los diferentes apartados del marginal 2471 del ADR.

Clase 5.1: Las admitidas al transporte en bidones metálicos en las páginas 5012 a 5092, del IMDG; y las clasificadas en c) de los diferentes apartados del marginal 2501 del ADR.

Clase 5.2: Las admitidas al transporte en bidones metálicos en las páginas 5124 a 5202 del IMDG.

Clase 6.1: Las admitidas al transporte en bidones metálicos en las páginas 6008 a 6183 del IMDG; y las materias tóxicas y sus mezclas clasificadas en c) de los diferentes apartados del marginal 2601 del ADR.

Clase 8: Las admitidas al transporte en bidones metálicos en las páginas 8100 a 8238 del IMDG; y las clasificadas en c) a excepción del galio del apartado 65.o c) y del mercurio del 66.o c), de los diferentes apartados del marginal 2801 del ADR, excepto las del 61.o c).

Clase 9: Las admitidas al transporte en bidones metálicos en las páginas 9009 a 9042 del IMDG; y las clasificadas en c) de los diferentes apartados del marginal 2901 del ADR.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto, con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable; debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes del 5 de octubre de 1997 (Orden de 28 de febrero de 1989). Para los ensayos se escogerán muestras de las dimensiones-capacidades: 62x96x0,25 y 170x268x6; en caso de resultado negativo, se harán ensayos con todos los envases de las dimensiones-capacidades que se especifican en el apartado de características.

Esta resolución de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de esta resolución, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 26 de junio de 1997.-El Director general, P. D. (según Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Productos Industriales, Joan Pau Clar Guevara.

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