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Documento BOE-A-1997-16727

Resolución de 16 de julio de 1997, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se anuncia la convocatoria de concurso-oposición libre para acceder a plazas vacantes en la plantilla de personal laboral.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 1997, páginas 22906 a 22912 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1997-16727

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de atender a las necesidades de personal laboral en la Universidad Nacional de Educación a Distancia.

Este Rectorado, en uso de las competencia conferidas por el artículo 35 de los Estatutos de la Universidad (Real Decre to 1287/1985, de 25 de junio, «Boletín Oficial del Estado» de 31 de julio) y por el artículo 18, en relación con el 3 e), de la Ley Orgánica de Reforma Universitaria, ha resuelto, de conformidad con lo dispuesto en el título V del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Universidades Estatales, y una vez finalizado el procedimiento establecido en los puntos 1, 2 y 3 del artículo 17 de dicho Convenio, convocar pruebas selectivas, de acuerdo con lo previsto en punto 4 del mencionado artículo, para el acceso a las plazas vacantes en la plantilla de personal laboral, de acuerdo con las siguientes

1. Bases de la convocatoria

1.1. Se convocan pruebas selectivas mediante el sistema de concurso-oposición libre para la cobertura de las plazas de Oficiales de Laboratorio (grupo IV) que a continuación se relacionan:

Facultad de Psicología:

Departamento de Psicología Básica I: Una plaza.

Departamento de Psicología de la Personalidad, Evaluación y Tratamientos Psicológicos: Una plaza.

Facultad de Ciencias:

Departamento de Física de los Materiales: Una plaza.

Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales:

Departamento de Química Aplicada a la Ingeniería: Una plaza.

1.2 La realización de estas pruebas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en el Convenio Colectivo para el Personal Laboral de las Universidades Estatales y demás normativa concordante.

1.3 El procedimiento de selección de los aspirantes constará de una fase de concurso y otra de oposición con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.4 Las pruebas de la fase de oposición comenzarán a partir del mes de noviembre, determinándose en la Resolución que se indica en la base cuarta el lugar de celebración y fecha de comienzo de la mencionada prueba.

1.5 Los seleccionados para cubrir las plazas vacantes deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años de edad.

2.1.3 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.4 No haber sido separado del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente o despido disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de sus funciones.

2.1.5 Estar en posesión del título de Formación Profesional de Primer Grado.

2.2 Los requisitos enumerados deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la firma del contrato.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la instancia que figura como anexo II de esta Resolución, que consta de tres ejemplares: Uno para la Universidad, otro para la entidad bancaria y otro para el interesado. Se deberá presentar una solicitud por cada plaza.

La solicitud podrá obtenerse gratuitamente en las Unidades de Atención al Público de la Universidad, sitas en la calle de Bravo Murillo, número 38, en el Pabellón de Gobierno de la Universidad (Ciudad Universitaria) y en la calle Senda del Rey, sin número (Puente de los Franceses), de Madrid. Será válida también fotocopia del modelo que se publica como anexo II.

3.2 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes tendrán en cuenta lo siguiente:

3.2.1 Serán dirigidas al excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Se acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.

3.2.2 El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.2.3 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1, «ejemplar a presentar por el interesado», del modelo de solicitud), se realizará en las Unidades de Atención al Público de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, sitas en la calle Bravo Murillo, 38, en el Pabellón de Gobierno de la Universidad (Ciudad Universitaria) y en la calle Senda del Rey, sin número (Puente de los Franceses), de Madrid, bien directamente, bien en las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán entregarse en sobre abierto para que sean fechadas y selladas todas las copias por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente a esta Universidad. El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.

3.2.4 Los derechos de examen serán de 2.000 pesetas. Este importe puede ser ingresado en cualquier oficina de las Cajas de Ahorros, a favor de la cuenta de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, número 2000 0002 29 8320366107, abierta en la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA), sita en la calle de Alcalá, número 27, de Madrid, utilizando el modelo de solicitud facilitado por la Universidad Nacional de Educación a Distancia.

El original de la solicitud, debidamente validado por la oficina de la Caja de Ahorros donde se efectúe el ingreso, debe ser presentado de acuerdo con el procedimiento señalado en la base 3.2.3.

En cualquier caso, el pago de los derechos de examen no supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud ante la Universidad.

3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de sus solicitudes:

3.3.1 A efectos de valoración de la fase de concurso, los aspirantes deberán declarar en su solicitud los méritos a tener en cuenta por el Tribunal calificador, según lo previsto en el baremo que figura como anexo I de la presente Resolución.

Los méritos declarados deberán acreditarse únicamente por los aspirantes que superen la fase de oposición.

Dicha acreditación se realizará en la forma prevista en el baremo y en el plazo que determine el Tribunal.

3.3.2 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad deberán indicarlo en el recuadro número 6 de la solicitud y podrán solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, en los casos en que dicha adaptación sea necesaria, utilizando para ello el recuadro número 7 de la solicitud.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia dictará Resolución en el plazo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en la que se declarará aprobada la lista de admitidos, se publicará la de excluidos, especificando la causa de exclusión y si ésta es o no subsanable, y se expresará el lugar, la fecha y la hora de comienzo del ejercicio de la fase de oposición.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución señalada en el punto anterior, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, caso de que aquél sea subsanable.

5. Tribunal calificador

5.1 Los Tribunales calificadores de estas pruebas son los que figuran como anexo III a esta convocatoria.

5.2 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares y suplentes.

5.3 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos.

5.4 El Tribunal adoptará las medidas precisas para garantizar que los ejercicios escritos que no deban ser leídos ante él, sean corregidos sin conocer la identidad de los aspirantes.

5.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en la Universidad Nacional de Educación a Distancia, calle Bravo Murillo, 38, 5.a planta, teléfono: 398 75 56.

5.6 Los Tribunales que actúen en estas pruebas selectivas tendrán la categoría cuarta, conforme a lo dispuesto en el artícu- lo 33.2 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «Z», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 9 de abril de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 12), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 4 de abril.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con el fin de acreditar su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.

6.4 Por Resolución del Rectorado, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», se fijará la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio.

6.5 La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos ejercicios, en su caso, se efectuará por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado los anteriores, publicándose, asimismo, la relación de aprobados en dichos ejercicios, así como en la sede los Tribunales señalada en la base 5.5 y por cualesquiera otro medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede de los Tribunales y por cualquier otro medio, si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.

6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rectorado de la Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso ordinario ante el mismo órgano indicado en el párrafo anterior.

7. Relación de aprobados y presentación de documentos.

7.1 Concluidas las pruebas, el Tribunal calificador hará pública, en los tablones de anuncios de la Universidad, la relación de aprobados por orden de puntuación y elevará al Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia propuesta de candidatos para la formalización de los contratos, propuesta que no podrá, en ningún caso, exceder del número de plazas convocadas, sin perjuicio de lo previsto en la base 7.4. El Rectorado dictará a continuación Resolución por la que se aprobará la propuesta mencionada.

7.2 En caso de empate en la puntuación final obtenida por los aspirantes el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero a partir de la letra «Z».

7.3 Con carácter previo a la formalización de los contratos, deberán los aspirantes en un plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de la relación de aprobados señalada en la base 7.1, justificar adecuadamente los requisitos o condiciones exigidos en la base segunda de esta convocatoria, presentando la siguiente documentación acreditativa:

a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia firme.

b) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que le imposibiliten para el desempeño de sus funciones, expedido por el facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda al interesado. En caso de que éste esté acogido a cualquier Régimen de la Seguridad Social, se expedirá en los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo o en los organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas.

c) Fotocopia compulsada del título de Formación Profesional de Primer Grado.

d) Dos fotocopias del documento nacional de identidad.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación acreditativa a que se refieren los párrafos anteriores o de la misma se desprenda que no reúnen los requisitos exigidos, o en el supuesto de que la Administración en cualquier momento del proceso compruebe que los interesados no reúnen todas las condiciones exigidas en la convocatoria, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.

7.4 Para los posibles supuestos en que los aspirantes seleccionados carezcan de las condiciones exigidas o desistan de la formalización del contrato, el Tribunal podrá hacer pública una relación complementaria en la que figure la puntuación obtenida por el resto de los aspirantes que, habiendo superado las pruebas, no hayan sido seleccionados, proponiéndose para estos casos a los aspirantes que correspondan por orden de puntuación.

8. Formalización de contratos e incorporación.

8.1 El Rectorado de la Universidad procederá posteriormente a la formalización de los contratos hasta el límite de las plazas convocadas, que se hallen dotadas presupuestariamente.

Dicho trámite se verificará en el plazo máximo de quince días hábiles desde que finalice el plazo señalado para presentar documentación (base 7.3). La formalización del contrato supondrá la toma de posesión de su puesto por el trabajador.

Hasta tanto se formalicen los contratos los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.

8.2 En el momento de la formalización del contrato, los trabajadores darán cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.

9. Norma final

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, previa comunicación a este Rectorado.

Madrid, 16 de julio de 1997.-El Rector, Jenaro Costas Rodríguez.

ANEXO I

Valoración de méritos y ejercicios

1. Fase de concurso

Los méritos estarán siempre referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:

1.1 Antigüedad:

1.1.1 Antigüedad en cualquier Administración Pública, exceptuando la Universidad Nacional de Educación a Distancia: Se valorará a razón de 0,10 puntos por año y 0,008 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de un punto.

1.1.2 Antigüedad en la Universidad Nacional de Educación a Distancia: Se valorará a razón de 0,15 puntos por año completo de servicios y 0,0125 por mes completo de servicios, hasta un máximo de 1,50 puntos.

1.2 Méritos profesionales: Se valorará únicamente la experiencia adquirida en la misma área de trabajo, de la manera siguiente, sin que pueda valorarse simultáneamente un mismo período de tiempo, siendo cada apartado excluyente:

1.2.1 La experiencia en la Universidad Nacional de Educación a Distancia se valorará a razón de 0,40 puntos por año y 0,033 puntos por mes completo de servicio, hasta un máximo de dos puntos.

1.2.2 La experiencia en la Administración Pública se valorará a razón de 0,30 puntos por año y 0,025 puntos por mes completo de servicio, hasta un máximo de 1,50 puntos.

1.2.3 La experiencia en la esfera privada se valorará a razón de 0,20 puntos por año y 0,016 puntos por mes completo de servicio, hasta un máximo de un punto.

1.3 Méritos académicos:

a) Títulos académicos.-En el caso de poseer, además de los exigidos para desempeñar el puesto, varias titulaciones susceptibles de valoración, sólo se tendrá en cuenta a estos efectos una sola de las alegadas.

Por poseer el título de Formación Profesional de Segundo Grado, equivalente o superior, 0,5 puntos, siempre y cuando tenga relación clara con la plaza a la que se presente el aspirante.

b) Cursos de formación.-Por haber realizado cursos que habiliten para el mejor desempeño del puesto a cubrir, 0,05 puntos por curso, hasta un máximo de 0,5 puntos. Estos cursos deberán tener carácter oficial y de los mismos se habrá expedido diploma o certificación de asistencia y aprovechamiento.

1.4 Currículum vitae: Se valorarán, hasta un máximo de dos puntos los conocimientos de las materias relacionadas a continuación, según las diferentes plazas:

Facultad de Psicología: Departamento de Psicología Básica I:

Rama Química de Laboratorio (Formación Profesional).

Conocimientos básicos de biología general, química general e inglés a nivel de comprensión escrita.

Experiencia anterior en el trabajo de laboratorio y en el manejo de animales para fines de investigación.

Facultad de Psicología: Departamento de Psicología de la Personalidad, Evaluación y Tratamientos Psicológicos:

Rama Electrónica (Formación Profesional).

Conocimientos de Electrónica, fundamentalmente semiconductores y aplicaciones digitales.

Desarrollo de aplicaciones (VCO, convertidores A/D, D/A y D/D).

Fuentes de alimentación.

Informática: Microprocesadores (manejo y control), sistemas operativos (MS-DOS, Windows 3.1 y 95), lenguajes de programación (Basic y C).

Inglés (traducción inglés-español con diccionario).

Facultad de Ciencias: Departamento de Física de los Materiales:

Desarrollo de prototipos de prácticas para las asignaturas del Departamento (labores auxiliares).

Familiaridad con instrumentación electrónica.

Manejo de herramientas de taller mecánico (taladros, torno, etcétera).

Mantenimiento e instalación con nitrógeno líquido.

Conocimiento de materiales de uso en un laboratorio físico.

Conocimientos de informática e idiomas.

Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales: Departamento de Química aplicada a la Ingeniería:

Conocimientos básicos de química, física y materiales aplicados a funciones de apoyo y asistencia a la labor docente e investigadora: Preparación de material y productos, preparación y montajes de equipos, preparación de reactivos, limpieza de material, eliminación de productos, etc.

Conocimientos de labores de mantenimiento de laboratorios químicos: Instalaciones, almacén de productos, almacén de material, sistemas de seguridad, manipulación de gases comprimidos, etcétera.

Conocimiento y manejo de los diferentes equipos y técnicas instrumentales de un laboratorio químico.

Conocimiento de las normas de higiene y seguridad en los laboratorios, así como de la manipulación de productos y reactivos, y normas para la eliminación de los residuos químicos.

Conocimiento de inglés a nivel de comprensión escrita.

Conocimiento de ordenador a nivel de usuario.

1.5 Tanto los méritos académicos como la experiencia profesional declarada en la solicitud se acreditarán por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición en el plazo que determine el Tribunal a partir de la publicación de las calificaciones obtenidas en dicha fase. La documentación acreditativa estará constituida por fotocopia compulsada de los títulos, diplomas o certificados (para méritos académicos), o certificación de la entidad contratante, fotocopia compulsada del contrato de trabajo o documento que acredite fehacientemente la relación contractual, el tiempo de servicios prestados y la categoría laboral (para la experiencia profesional).

El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los candidatos para clarificar las dudas que puedan surgir con la documentación aportada, comprobando la veracidad de la misma, sin perjuicio de la responsabilidad en que los interesados hubieran podido incurrir por falsedad en dicha documentación.

1.6 Los puntos obtenidos en la fase de concurso por los aspirantes que superen la fase de oposición se sumarán a la calificación otorgada en ésta a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados.

2. Fase de oposición

Cada uno de los ejercicios relacionados tiene carácter eliminatorio y su contenido irá de acuerdo con la titulación exigida.

2.1 Departamento de Psicología Básica I:

Primer ejercicio:

Primera parte: Consistirá en contestar un cuestionario de 20 preguntas sobre nociones de biología general, química general y comportamiento animal, de acuerdo con la titulación exigida.

Segunda parte: Traducción directa del inglés al español de un texto corto.

Tiempo de realización del primer ejercicio: Una hora.

Calificación global del primer ejercicio: De cero a 20 puntos, siendo necesario para superar esta prueba un mínimo de 10 puntos.

Segundo ejercicio: Este ejercicio será práctico y consistirá en una demostración de manejo de animales en el contexto del ambiente del laboratorio, incluyendo el preparado y administración de disoluciones farmacológicas.

Tiempo de realización del segundo ejercicio: Una hora.

Calificación de este ejercicio: De cero a 20 puntos, siendo necesario para superar esta prueba un mínimo de 10 puntos.

2.2 Departamento de Psicología de la Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológico:

Primer ejercicio: Consta de tres partes:

Primera parte: Cuestionario compuesto de 20 preguntas sobre conocimientos de las materias relacionadas en el apartado 1.4, con tres alternativas de respuesta cada una, de acuerdo con la titulación exigida. La duración máxima de esta parte será de cuarenta y cinco minutos. La calificación será de cero a nueve puntos, siendo necesario para superar esta parte 4,5 puntos.

Segunda parte: Resolución de cinco problemas sobre supuestos aplicados a los conocimientos de las materias relacionadas en el apartado 1.4, de acuerdo con la titulación exigida. La duración máxima de esta parte será de una hora quince minutos. La calificación será de cero a nueve puntos, siendo necesario para superar esta parte 4,5 puntos.

Tercera parte: Traducción directa (con diccionario) del inglés al español de un texto básico sobre temas electrónicos o de aparatos de laboratorio. La duración máxima de esta parte será de cuarenta y cinco minutos. La calificación será de cero a dos puntos, siendo necesario para superar esta parte un punto.

La puntuación total de este ejercicio será la suma de la obtenida en cada una de sus partes, siendo necesario para aprobar el ejercicio el que se hayan superado todas y cada una de sus tres partes.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización en los laboratorios del Departamento de un máximo de tres tareas prácticas, de acuerdo con los requerimientos y categoría de la plaza.

La duración máxima será de dos horas. Se calificará de cero a 20 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 10 puntos.

2.3 Departamento de Física de los Materiales:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de 20 preguntas sobre conocimientos básicos de física, electricidad, electrónica y matemáticas básicas, de acuerdo con la titulación exigida. Se calificará de cero a cuatro puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de dos puntos.

Tiempo de realización del ejercicio: Una hora treinta minutos.

Segundo ejercicio: Resolución de cuatro problemas sobre supuestos aplicados de los conocimientos antes indicados. Se calificará de cero a 18 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de nueve puntos.

Tiempo de realización del ejercicio: Dos horas.

Tercer ejercicio: Prueba práctica sobre la realización de tres tareas como máximo en el Laboratorio del Departamento. Se calificará de cero a 18 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de nueve puntos. El Tribunal podrá realizar entrevistas a los aspirantes durante el desarrollo de este ejercicio.

Tiempo de realización del tercer ejercicio: Tres horas.

2.4 Departamento de Química Aplicada a la Ingeniería:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas teóricas, de acuerdo con la titulación exigida, referidas a:

Fundamentos de química general, física y materiales.

Técnicas básicas de laboratorio: Pesada, medición de volúmenes, decantación, disolución, filtración, destilación, extracción, cristalización y sublimación.

Preparación de disoluciones y valoración.

Montajes de equipos y aparatos para la realización de ensayos y prácticas de laboratorio.

Montajes mecánicos y electrónicos sencillos aplicados a la ingeniería.

Mantenimiento de equipos e instalaciones de laboratorio.

Clasificación de productos y reactivos.

Clasificación y mantenimiento de material fungible.

Medidas de seguridad e higiene en el laboratorio.

Traducción con diccionario de un artículo técnico relativo a las materias del perfil.

Este ejercicio será eliminatorio. Constará de 25 preguntas y se calificará de 0 a 25 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 12,5 puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba práctica y/o ejercicios relacionados con el contenido del primer ejercicio. Se calificará de cero a 15 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 7,5 puntos.

ANEXO III

Tribunal calificador para la plaza del Departamento

de Psicología Básica I de la Facultad de Psicología

Miembros titulares:

Presidente: Don Juan José de la Vega Viñambres.

Vocales:

Don Ricardo Pellón Suárez de Puga.

Doña Herminia Peraíta Adrados.

Por el Comité de empresa:

Don Vicente Martín del Pliego Rontomé.

Don Roberto Guerra Martín.

Secretaria: Doña María Roca Bernal.

Miembros suplentes:

Presidente: Don Aurelio Pascual Cuesta.

Vocales:

Doña Rosa Elosúa de Juan.

Doña Pilar Sánchez Balmaseda.

Por el Comité de empresa:

Don Ángel Iglesias Tejedor.

Don Javier Jordán Pérez.

Secretaria: Doña Gregoria Rey Gutiérrez.

Tribunal calificador para la plaza del Departamento

de Psicología de la Personalidad de la Facultad de Psicología

Miembros titulares:

Presidenta: Doña María Antonia González Díez.

Vocales:

Don José Bermúdez Moreno.

Don Miguel Ángel Vallejo Pareja.

Por el Comité de empresa:

Don Adolfo Gutiérrez Cordero.

Don Ángel Iglesias Tejedor.

Secretaria: Doña Gregoria Rey Gutiérrez.

Miembros suplentes:

Presidente: Don Juan José de la Vega Viñambres.

Vocales:

Don José Antonio Ruiz Caballero.

Doña Marta Isabel Díaz García.

Por el Comité de empresa:

Don Vicente Martín del Pliego Rontomé.

Don Roberto Guerra Martín.

Secretaria: Doña María Roca Bernal.

Tribunal calificador para la plaza del Departamento de Física de los Materiales de la Facultad de Ciencias

Miembros titulares:

Presidente: Don Juan José de la Vega Viñambres.

Vocales:

Don Manuel Yuste Llandres.

Doña María Shaw Martos.

Por el Comité de empresa:

Don Javier Jordán Pérez.

Don Vicente Martín del Pliego Rontomé.

Secretaria: Doña María Roca Bernal.

Miembros suplentes:

Presidenta: Doña Paloma Isla Álvarez de Tejera.

Vocales: Don Victoriano López Rodríguez.

Doña Carmen Carreras Béjar.

Por el Comité de empresa:

Don Ángel Iglesias Tejedor.

Don Adolfo Gutiérrez Cordero.

Secretaria: Doña Gregoria Rey Gutiérrez.

Tribunal calificador para la plaza del Departamento de

Química Aplicada a la Ingeniería de la Escuela Técnica

Superior de Ingenieros Industriales

Miembros titulares:

Presidenta: Doña Paloma Centeno Fernández.

Vocales:

Don Alfonso Contreras López.

Doña María Rosa Gómez Antón.

Por el Comité de empresa:

Don Vicente Martín del Pliego Rontomé.

Don Roberto Guerra Martín.

Secretaria: Doña María Roca Bernal.

Miembros suplentes:

Presidente: Don Juan José de la Vega Viñambres.

Vocales:

Don Mariano Molero Meneses.

Don Francisco Gomis Medina.

Por el Comité de empresa:

Don Adolfo Gutiérrez Cordero.

Don Javier Jordán Pérez.

Secretaria: Doña Gregoria Rey Gutiérrez.

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