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Documento BOE-A-1997-16937

Orden de 4 de julio de 1997 por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 1.388/1990, interpuesto por la Comunidad de Regantes de la Acequia de Benacher y Faitanar.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 28 de julio de 1997, páginas 23038 a 23039 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1997-16937

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 21 de marzo de 1997, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.388/1990, promovido por la Comunidad de Regantes de la Acequia de Benacher y Faitanar, contra el Real Decreto 950/1989, de 28 de julio, que declara de interés general la transformación económica y social de las zonas regables de Manchuela-Centro y Canal de Albacete; sentencia cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 1.388/1990, interpuesto por la representación procesal de la Comunidad de Regantes de Benacher y Faitanar, contra la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto contra el Real Decreto 950/1989, de 28 de julio; Real Decreto que, por ser conforme a Derecho, confirmamos. Todo ello sin hacer especial pronunciamiento sobre costas.»

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Madrid, 4 de julio de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Planificación y Desarrollo Rural.

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