Visto el expediente de indulto de don Jorge Domínguez García, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de Instrucción número 3 de Jerez de la Frontera, en sentencia de fecha 28 de mayo de 1988, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1987; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de julio de 1997,
Vengo en indultar a don Jorge Domínguez García la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 4 de julio de 1997.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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