En el recurso contencioso-administrativo número 1.473/1994, interpuesto por don Joaquín Badal Conejos y otros, contra las Órdenes de 28 de marzo y 22 de abril de 1994 sobre reversión de terrenos expropiados para la IV Planta Siderúrgica Integral de Sagunto, se ha dictado, con fecha 18 de abril de 1997, por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Joaquín Badal Conejos, doña Carmen Llorens Olica, doña María Pilar Ruixó García, don José Hernández Aguilar, don Francisco Roca Frutos, don Francisco Borguñ Romualdo, don Constantino López Vicente, don Enrique Mellado Gil, doña Dolores Climent Ávila, don Francisco Lluch García, don Juan Redón Conejos y doña Concepción Ferrer Esteve, contra las Órdenes del Ministerio de Industria y Energía de 28 de marzo y 22 de abril de 1994, que desestiman los recursos de alzada interpuestos contras las resoluciones de 1994, que desestiman los recursos de alzada interpuestos contra las resoluciones de la Dirección Provincial de Valencia sobre retasación y reversión de terrenos de la IV Planta Siderúrgica Integral de Sagunto (Valencia). No procede hacer imposición de costas.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de julio de 1997.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 23), el Subsecretario, Pedro Ferreras Díez.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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