La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado sentencia, con fecha 15 de mayo de 1997, en los recursos contencioso-administrativos números 613, 614 y 615/1995, en los que son partes, de una, como demandantes, don Eliseo Íñigo Gargallo y otros, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
Los citados recursos se promovieron contra las Resoluciones del Ministerio para las Administraciones Públicas de fechas 3 y 24 de febrero de 1995, que desestimaban los recursos de alzada interpuestos contra las Resoluciones de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fechas 30 de septiembre y 31 de octubre de 1994, sobre concurrencia de pensiones de jubilación.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: 1. Se desestiman los recursos contencioso-administrativos interpuestos por don Eliseo Íñigo Gargallo, don Ricardo Pomares Cuenca y don Francisco García Cortés, contra las Resoluciones de 3 y 24 de febrero de 1995, del Ministerio para las Administraciones Públicas, que desestiman los recursos de alzada interpuestos contra las Resoluciones de MUFACE de 30 de septiembre y 31 de octubre de 1994, sobre concurrencia de pensiones de jubilación y del Montepío de Funcionarios de la organización sindical (AISS).
2. No procede hacer imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 16 de julio de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.
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