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Documento BOE-A-1997-17334

Orden de 24 de julio de 1997 por la que se aprueba la convocatoria especifica de prueba selectiva 1997 para acceder en 1998 a plazas en formación de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria según lo previsto en el artículo 2 del Real Decreto 931/1995, de 9 de junio.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 31 de julio de 1997, páginas 23499 a 23521 (23 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1997-17334

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 931/1995, de 9 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 16), por el que se dictan normas en relación con la Formación Especializada en Medicina Familiar y Comunitaria de los Licenciados en Medicina a partir del 1 de enero de 1995 y se adoptan determinadas medidas complementarias, tiene como finalidad fundamental posibilitar el acceso a plazas en formación de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria a aquellos licenciados que por haber finalizado sus estudios a partir del 1 de enero de 1995, no pueden obtener la certificación prevista en el artículo 3 del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio, y por ello no pueden ejercer la Medicina General en el Sistema Nacional de Salud sin poseer el citado título de especialista, por exigirlo así el artículo 36 de la Directiva 93/16/CEE.

El Real Decreto 931/1995, en su artículo 2, establece que, con carácter previo a la convocatoria anual a la que se refiere el artículo 5 del Real Decreto 127/1984, se efectuará una convocatoria específica de plazas de formación en Medicina Familiar y Comunitaria a la que sólo podrán concurrir quienes hubieran obtenido el título de Licenciado en Medicina con posterioridad al 1 de enero de 1995.

Mediante la presente Orden se aprueba la mencionada convocatoria específica que se ajusta a lo previsto en el Real Decreto 931/1995 antes citado y en la Orden de 27 de junio de 1989 («Boletín Oficial del Estado» del 28) por la que se establecen las normas reguladoras de las pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada, en lo que no haya resultado modificada por aquél.

Por todo ello, a propuesta del Ministro de Sanidad y Consumo y de la Ministra de Educación y Cultura, dispongo:

Primero.-Publicar a través del anexo I de esta Orden, el extracto del acta de la Comisión Interministerial prevista en los artículos 2 y 3 de la Orden de 27 de junio de 1989, que incluye el catálogo general de plazas acreditadas para la formación en la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria y dentro de éstas, las que dicha Comisión, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 931/1995, ha acordado ofertar para su adjudicación en la convocatoria específica 1997, distribuidas por sectores, Comunidades Autónomas, provincias y unidades docentes.

Dicha oferta incluye un total de 1.538 plazas en formación por el sistema de residencia, distribuidas por sectores de la siguiente forma:

A) Sector público: 1.531 plazas de formación, de las que 1.490 pertenecen a unidades docentes de Medicina Familiar y Comunitaria, cuya titularidad corresponde a la Seguridad Social y 41 pertenecen a unidades docentes de Medicina Familiar y Comunitaria, cuya titularidad corresponde a instituciones públicas ajenas a la Seguridad Social.

B) Sector privado: Siete plazas que pertenecen a unidades docentes de Medicina Familiar y Comunitaria de titularidad privada, que se podrán adjudicar a los seleccionados en esta prueba selectiva, que hayan obtenido una puntuación total individual a la que corresponda un número de orden igual o menor al total de plazas de Medicina Familiar y Comunitaria convocadas mediante la presente Orden para el sector público, siempre que presenten en el momento de solicitar su asignación, la conformidad expresa del titular de la correspondiente unidad docente.

Segundo.-En el número de plazas ofertadas, cuya provisión se convoca, se entienden incluidas las que fueron asignadas con reserva a aspirantes que participaron en las convocatorias específicas 1995 y 1996 y que en ésta de 1997 deben serles adjudicadas según la relación que se publica como anexo II de la presente Orden.

Las plazas reservadas, con la denominación que tengan en la presente convocatoria, se detraerán de la oferta salvo renuncia expresa de los interesados, para adjudicarlas a sus titulares antes de recibir la solicitud de los seleccionados en esta prueba selectiva 1997, que sólo podrá referirse a las plazas ofertadas que queden por adjudicar por estar libres de otra petición anterior.

Tercero.-La Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y Consumo realizará la gestión de la prueba selectiva que se convoca en los términos que se especifican en las bases de la convocatoria. De acuerdo con lo previsto en el apartado primero.1 de la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 2 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, por delegación del Ministro de Sanidad y Consumo, aprobará la relación a la que se refiere la base XIII.1 de esta convocatoria.

Cuarto.-Convocar la provisión de las plazas en formación que se incluyen en la oferta que se cita en el anexo I de esta Orden, cuyo procedimiento de selección y adjudicación se regulará de acuerdo con lo previsto en las siguientes

Bases

I. Requisitos de los aspirantes

1. Ser español o nacional de cualquiera de los Estados miembros que integran la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo.

2. Haber superado los estudios correspondientes al título oficial de Licenciado en Medicina, o su equivalente extranjero, a partir del 1 de enero de 1995, estar en condiciones de obtenerlo y haberlo solicitado en la forma prevista por la legislación vigente. En el caso de títulos extranjeros se exigirá que hayan sido expresamente reconocidos u homologados por el Ministerio de Educación y Cultura.

Los requisitos mencionados en este apartado deberán reunirse antes de la fecha de celebración del ejercicio.

3. Los aspirantes que se encuentren realizando un período de formación médica especializada en plaza de residente obtenida en las convocatorias generales o específicas celebradas a partir de 1995, sólo podrán concurrir a la presente prueba, si junto con su solicitud aportan renuncia previa y expresa a la plaza en formación que desempeñan. En el documento de renuncia deberá figurar diligencia expedida por el correspondiente Gerente en la que se especifique la fecha de extinción del correspondiente contrato en formación, que no podrá ser posterior a la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

La falta de renuncia previa en los términos previstos en el párrafo anterior implicará la exclusión de la prueba.

4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desarrollo de las actividades profesionales que exige el programa formativo de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria, a cuyos efectos deberá superarse el examen médico que se especifica en la base XIV.2.

II. Prueba selectiva

1. La prueba selectiva para los que pretenden acceder a las plazas en formación de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria, incluidas en el anexo I, consistirá en la realización de un ejercicio de contestaciones múltiples, cuya duración será de cinco horas y en la valoración del expediente académico correspondiente a los estudios universitarios de la licenciatura y doctorado.

La puntuación total individual que se reconozca a cada participante en la prueba estará constituida por la suma de la que obtenga en el ejercicio de contestaciones múltiples que rinda y de la asignada a los méritos académicos correspondientes a los estudios universitarios de la licenciatura y doctorado, que haya acreditado en tiempo y forma, conforme a las reglas contenidas en el artículo sexto de la Orden de 27 de junio de 1989.

Los méritos académicos evaluables son los señalados en el baremo contenido en el anexo de la citada Orden de 27 de junio de 1989, que se reproduce como anexo III de la presente. En ningún caso se considerarán válidas para acreditar estos méritos las papeletas de examen o cualquier otro documento distinto a la certificación académica personal.

2. Los aspirantes que hubieran obtenido número de orden en las relaciones definitivas de resultados de las convocatorias específicas 1995 ó 1996 y no hubieran obtenido plaza ni en éstas ni en las convocatorias generales de dichos años, podrán optar por presentarse o no al ejercicio de contestaciones múltiples. El nuevo ejercicio sólo será calificado si su resultado es superior al obtenido en las convocatorias específicas precedentes.

3. Detraídas de la oferta las plazas reservadas conforme a lo previsto en el apartado segundo de la presente Orden, la adjudicación se efectuará por unidades docentes atendiendo a la solicitud que formulen los aspirantes seleccionados en esta prueba por riguroso orden de mayor a menor puntuación total individual reconocida a cada uno de ellos en las relaciones definitivas de resultados de acuerdo con lo previsto en la base X.

4. Todos los aspirantes realizarán el ejercicio de contestaciones múltiples en Madrid.

III. Solicitudes

1. Los interesados dirigirán la solicitud para participar en la prueba selectiva en impreso oficial, cuyo modelo se contiene en el anexo IV, al Subsecretario de Sanidad y Consumo en el plazo comprendido entre los días 1 al 11 de agosto de 1997, ambos inclusive. Los impresos oficiales de solicitud se podrán adquirir, al precio de 25 pesetas, en el Ministerio de Sanidad y Consumo o en las dependencias de este Departamento, que se relacionan en el anexo V de la presente Orden.

2. Los aspirantes que hubieran concurrido a las convocatorias específicas 1995 ó 1996 y no hubieran obtenido plaza ni en éstas ni en las convocatorias generales de dichos años deberán obligatoriamente presentar solicitud para participar en esta convocatoria, si desean ejercer su derecho a optar a una de las plazas incluidas en la misma.

Dichos aspirantes podrán presentarse o no a la realización del ejercicio de contestaciones múltiples que se cita en la base II. El nuevo ejercicio sólo será calificado si su resultado es superior al obtenido en convocatorias específicas precedentes.

3. Las solicitudes se presentarán en los Registros de los Servicios Centrales o Periféricos del Ministerio de Sanidad y Consumo, que se especifican en el anexo V, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Los aspirantes presentarán junto con la solicitud los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o del pasaporte o tarjeta de residencia si se trata de ciudadanos de la Unión Europea o nacionales de Estados miembros del Espacio Económico Europeo.

b) Fotocopia compulsada del título oficial de Licenciado en Medicina o en el caso de títulos extranjeros de la Resolución de reconocimiento u homologación del mismo dictada por el Ministerio de Educación y Cultura.

En defecto del título español de Licenciado, se aportará el certificado sustitutorio definido en la instrucción novena de la Resolución de 26 de junio de 1989, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación («Boletín Oficial del Estado» de 18 de julio).

c) Fotocopia compulsada de la certificación académica personal en la que figurarán las calificaciones obtenidas en la Licenciatura y/o en el Doctorado, la fecha de fin de carrera y la fecha de abono de los derechos de expedición del correspondiente título. A estos efectos y cualquiera que sea el formato utilizado, la certificación académica personal deberá recoger los extremos contenidos en el modelo que se reproduce como anexo VI.

La certificación académica correspondiente a los estudios del Doctorado sólo se valorará si incluye, además de los créditos realizados, el reconocimiento de la suficiencia investigadora.

La compulsa de los documentos que se citan en el presente apartado se efectuará por fedatario público o se facilitará gratuitamente mediante la presentación del documento original y una copia del mismo ante los funcionarios encargados de recibir las solicitudes en los Servicios Centrales y Periféricos del Ministerio de Sanidad y Consumo.

5. Cuando las certificaciones académicas se refieran a estudios universitarios cursados en el extranjero, los interesados vendrán obligados a presentar, debidamente legalizado, documento oficial expedido por la Universidad de que se trate, en el que se contenga la tabla oficial de calificaciones utilizada por aquélla y la fecha de finalización de los estudios de la carrera de Medicina.

6. Los aspirantes que se encuentren realizando un período de formación médica especializada, en los términos previstos en la base I.4, aportarán junto con su solicitud el documento de renuncia que se cita en dicha base.

La no presentación de la citada renuncia será causa de exclusión de la presente prueba.

7. Cuando los aspirantes no puedan aportar en el momento de presentar su solicitud el documento a que se refiere el apartado 4.b) de la presente base, serán admitidos con carácter condicional a la prueba, aunque serán posteriormente excluidos de ella si no aportan el citado documento antes de que finalice el plazo previsto en la base IX.4 para reclamar contra la relación provisional de resultados, siempre que dicho documento lo hubieran obtenido antes de la fecha de celebración del ejercicio en los términos previstos en la base I.2.

Los documentos a que se refieren los apartados 4.c) y 5 de esta base únicamente serán valorados si acreditan méritos obtenidos antes de la fecha de celebración del ejercicio, si bien pueden ser aportados en el plazo previsto en el apartado anterior.

IV. Derechos de participación

1. Los derechos de participación en la prueba selectiva serán de 6.000 pesetas, que se ingresarán en la cuenta corriente 7.075.007 abierta en la Caja Postal bajo la denominación «Ministerio de Sanidad y Consumo. Pruebas de acceso a la formación sanitaria especializada», sin perjuicio del importe, que en su caso, determine la entidad bancaria por gestión de tramitación. El ingreso podrá efectuarse en cualquier oficina de la Caja Postal presentando el impreso de solicitud para se haga constar en el mismo el pago de los derechos con el sello acreditativo de Caja Postal, cuya falta determinará la exclusión, por tal causa, del aspirante.

2. En ningún caso la presentación y pago de los derechos en la Caja Postal supondrá sustitución de trámite de presenta ción de la solicitud en el tiempo y forma señalados en el número 1 de la anterior base III.

3. Sólo procederá la devolución de los derechos de participación efectivamente abonados cuando se declare no admitido a la prueba selectiva al interesado en la correspondiente relación definitiva a que se refiere la base siguiente y éste la solicite por escrito en los cinco días siguientes de la exhibición de aquella relación.

V. Relación de admitidos, admitidos condicionales

y no admitidos

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Subsecretaría de Sanidad y Consumo publicará la relación provisional de aspirantes admitidos, admitidos condicionales y no admitidos a la prueba selectiva en el Ministerio de Sanidad y Consumo y en los Servicios Periféricos del mismo, citados en el anexo V.

2. Esta relación se ordenará alfabéticamente por apellidos, e indicará para cada aspirante el número de expediente, su nacionalidad, el número de documento nacional de identidad o equivalente para extranjeros y la declaración de admitido, de admitido condicional, o de no admitido a la prueba, expresando en los dos últimos supuestos sus causas.

Los admitidos condicionales y los no admitidos, en el plazo a que se refiere el siguiente apartado 3, podrán subsanar las faltas o acompañar los documentos preceptivos en los términos previstos por el artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

3. Contra la anterior relación provisional, los interesados podrán dirigir reclamación a la Subsecretaría de Sanidad y Consumo en el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la exhibición de aquélla en las dependencias administrativas indicadas. Las reclamaciones que se presenten serán resueltas por la citada Subsecretaría al aprobar, la relación definitiva de admitidos, admitidos condicionales y no admitidos a la prueba selectiva a la que se dará igual publicidad que a la provisional.

En la relación definitiva de admitidos se indicará también la Mesa de examen en la que cada aspirante debe realizar el ejercicio.

VI. Comisión calificadora

1. Aprobada la relación definitiva que se cita en la base V.3, el Subsecretario de Sanidad y Consumo dictará resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», anunciando la fecha de realización del ejercicio y nombrando la Comisión calificadora prevista en el artículo 8 de la Orden de 27 de junio de 1989.

2. El Presidente, Vicepresidente y Vocales de la Comisión calificadora se designarán de acuerdo con lo previsto en el artícu- lo 8, apartados 1 y 2, de la Orden de 27 de junio de 1989.

3. La Comisión calificadora, constituida en sesión permanente el día del ejercicio, ejercerá las funciones que le encomienda el artículo 8.3 de la Orden de 27 de junio de 1989.

VII. Mesas de examen

1. Los aspirantes realizarán el ejercicio ante la Mesa de examen que se les señale en la relación definitiva de admitidos. El ejercicio individual del aspirante será anulado si lo realiza ante una Mesa diferente de la que fue señalada, salvo que haya recibido autorización expresa de la Subsecretaría de Sanidad y Consumo o lo realice ante la Comisión calificadora cuando, a juicio de ésta, exista causa justificada que lo imponga.

2. Todas las Mesas de examen se constituirán en Madrid en los lugares que se indiquen al tiempo de publicar la relación definitiva de admitidos. La Subsecretaría de Sanidad y Consumo nombrará al Presidente-Interventor y a los Vocales de cada una de ellas, designados estos últimos de entre los propuestos por las Comisiones de docencia de las instituciones sanitarias, la Dirección General de Enseñanza Superior del Ministerio de Educación y Cultura, los Servicios Centrales y Periféricos del Ministerio de Sanidad y Consumo y la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma donde se celebre el examen.

3. La Subsecretaría de Sanidad y Consumo podrá nombrar, si lo estima necesario, Delegados que supervisen la constitución de las diferentes Mesas y coordinen el correcto desarrollo del ejercicio en cada centro de examen.

VIII. Celebración del ejercicio

1. A partir de las quince treinta horas del día señalado para la celebración del ejercicio, las Mesas llamarán e identificarán a los aspirantes convocados ante ellas, para que ocupen los lugares que se les asignen en el aula de examen.

2. Los cuadernos de examen serán entregados a cada Mesa en paquete cerrado y precintado por la Subsecretaría de Sanidad y Consumo, paquete que no podrá ser abierto antes de las dieciséis horas.

3. Recibido el paquete y terminado el llamamiento, las Mesas se declararán definitivamente constituidas a partir de las dieciséis horas e, inmediatamente, en presencia de los examinandos, abrirán el paquete precintado entregando a cada uno de ellos un cuaderno de examen, señalando entonces la hora exacta de comienzo del ejercicio que tendrá una duración de cinco horas.

4. Los examinandos escribirán las contestaciones al cuestionario en la hoja de respuestas utilizando exclusivamente los signos o guarismos permitidos en el cuaderno. Cualquier anotación confusa, ilegible o que no corresponda a los signos permitidos será penalizada como respuesta incorrecta.

5. Durante la celebración del ejercicio no se permitirá el acceso al centro de examen y a las diferentes aulas de personas ajenas al mismo o de aspirantes que no hayan comparecido al llamamiento. Los examinandos no podrán abandonar el aula, salvo causa excepcional o inaplazable, hasta transcurrida una hora del comienzo del ejercicio. Posteriormente, podrán hacerlo, momentáneamente en caso de necesidad, autorizados por la Mesa que dispondrá lo necesario para garantizar su incomunicación. Estas ausencias no darán derecho a prórrogas en el tiempo hábil para contestar el cuestionario.

6. Las Mesas ejercerán cuantas atribuciones resulten precisas para el buen orden y corrección en el desarrollo del ejercicio, cuidando especialmente de evitar cualquier comunicación entre los examinandos, pudiendo exigir a los aspirantes, en cualquier momento, que acrediten su personalidad.

7. Terminadas las cinco horas para contestar el cuestionario, las Mesas recogerán y sellarán las hojas de respuestas, guardándolas en paquetes que precintarán, en presencia de al menos dos de los examinandos, para su posterior entrega a la Subsecretaría de Sanidad y Consumo.

8. Finalizada la sesión se levantará acta suscrita por todos los miembros de la Mesa, cuyo original se entregará a la Subsecretaría de Sanidad y Consumo, en la que se hará sucinta referencia al desarrollo del ejercicio y, en particular, al número de aspirantes presentados y retirados de su práctica, abandonos del aula y cualquier otra circunstancia relevante.

IX. Relación de resultados

1. Procesadas las hojas de respuestas, la Subsecretaría de Sanidad y Consumo hará pública la relación de respuestas al cuestionario que la Comisión calificadora haya estimado correcta, ordenando su exhibición en los Servicios Centrales y Periféricos del Ministerio de Sanidad y Consumo y abriendo entonces un plazo de tres días naturales para que los interesados presenten las reclamaciones a la misma que entiendan pertinentes. Estas reclamaciones serán resueltas por la Comisión que las estimará o rechazará anulando, en su caso, las preguntas que consideren necesario y determinando las de reserva que las sustituyan, si las hubiere, al tiempo que ratificará las que considere respuestas correctas a cuyo tenor se evaluarán los ejercicios.

2. Ratificadas las respuestas correctas, se valorarán los ejercicios y los expedientes académicos de los aspirantes.

La Subsecretaría de Sanidad y Consumo hará pública la relación provisional de los resultados obtenidos por los participantes en la prueba. Dicha relación se exhibirá en los Servicios Centrales y Periféricos del Ministerio de Sanidad y Consumo, citados en el anexo V.

3. La citada relación ordenada alfabéticamente por apellidos indicará para cada participante el número de expediente y de documento nacional de identidad, la valoración particular y final del ejercicio y del expediente académico, la puntuación total individual expresada en diezmilésimas y el número de orden que a ésta corresponda.

La valoración final del ejercicio en el caso de aspirantes que tengan derecho a la reserva de la valoración particular del examen realizado en convocatorias específicas anteriores y que realicen el examen de ésta, se obtendrá únicamente a partir de la más favorable de ambas.

Los aspirantes que hayan sido admitidos condicionalmente a la prueba y no hayan acreditado la obtención del título de Licenciado antes del día del ejercicio serán relacionados como excluidos.

Se tendrán por no presentados a los que no hayan rendido el ejercicio de contestaciones múltiples.

4. Contra la relación provisional de resultados, los interesados podrán dirigir reclamación a la Subsecretaría de Sanidad y Consumo en el plazo de cinco días naturales, contados a partir del siguiente al de su exhibición en las dependencias indicadas. En este mismo plazo los aspirantes relacionados como excluidos podrán, en su caso, acreditar la obtención del título oficial o del certificado sustitutorio del mismo, y la correspondiente certificación académica personal para que al mismo tiempo que se acredita la fecha de finalización de los estudios, les puedan ser evaluados los méritos académicos, siempre que, tanto el título como los méritos académicos se hubieran obtenido antes del día del ejercicio. En ningún caso se valorarán los méritos correspondientes a calificaciones otorgadas después del día del ejercicio.

5. La Subsecretaría de Sanidad y Consumo aprobará la relación definitiva a la que dará igual publicidad que a la provisional. En tal relación se resolverán las reclamaciones presentadas y los empates producidos y se corregirán los errores materiales que hubieran sido advertidos.

La valoración particular del ejercicio que se reconozca a cada aspirante en esta relación definitiva de resultados será la que, en su caso, se aplique en posteriores convocatorias específicas, en los términos previstos en el artículo 2 del Real Decreto 931/1995, de 9 de junio.

X. Actos relativos a la adjudicación de plazas y a la asignación de reservas

1. Aprobada la relación definitiva de resultados, el Subsecretario de Sanidad y Consumo dictará Resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», convocando a los aspirantes seleccionados para que presenten solicitud de adjudicación de plaza en las unidades docentes que se especifican en el anexo I, estableciendo, asimismo, el plazo de toma de posesión para aquellos a los que se les adjudique plaza.

2. Antes de recibir la solicitud del aspirante que ocupe en la relación definitiva de resultados el primer lugar en el orden de prioridad, se detraerán de la oferta con la denominación que tengan en esta convocatoria las plazas reservadas en anteriores convocatorias específicas, señaladas en el anexo II de la presente Orden, procediéndose a su adjudicación a los interesados, salvo que hubieren presentado renuncia expresa a las mismas, con anterioridad a dicha adjudicación.

3. Detraídas las plazas a las que se refiere el número anterior, los seleccionados en esta convocatoria específica 1997 presentarán, según el orden de prioridad que se les haya reconocido en las relaciones definitivas de resultados, solicitud de adjudicación de plaza en las unidades docentes que se especifican en el anexo I. A estos efectos se observarán las reglas contenidas en los artículos 11 y 12 de la Orden de 27 de junio de 1989.

Los seleccionados que deseen concurrir a la convocatoria general 1997 deberán renunciar a la plaza obtenida en la forma prevista en la base XII.

4. Para solicitar la adjudicación o reserva de plaza comprendida en la oferta perteneciente a un centro o institución de titularidad privada que ejerza derecho a prestar conformidad previa a los aspirantes, el interesado deberá haber obtenido una puntuación total individual a la que corresponda un número de orden igual o menor al número de plazas convocadas en el sector público, según dispone el apartado primero.B) de la presente Orden y acompañar a la solicitud el documento que acredite la conformidad del centro.

5. Los aspirantes podrán solicitar la asignación o reserva de plaza aun cuando tuviesen reconocida anteriormente reserva de plaza en convocatoria general celebrada a partir de 1995. La presentación de tal solicitud implicará la pérdida automática de todos los derechos sobre la plaza anteriormente reservada.

6. La adscripción de los adjudicatarios de plaza a los diferentes centros integrados en la unidad docente, para realizar los períodos de formación hospitalaria y extrahospitalaria comprendidos en el programa de la especialidad, se realizará por el Coordinador de la unidad docente tras el acto de toma de posesión que se establece en la base XIV por riguroso orden de puntuación obtenida en la prueba selectiva conforme al procedimiento que se señale en la resolución que se cita en el apartado 1 de esta base.

7. Los aspirantes que estén realizando o estén pendientes de realizar el servicio militar o la prestación social sustitutoria podrán solicitar asignación de plaza con reserva, de acuerdo con lo previsto en la base siguiente.

XI. Aspirantes pendientes de realizar el servicio militar

o prestación social sustitutoria

1. De conformidad con lo previsto en el artículo 14.4 de la Orden de 27 de junio de 1989 y en la Directiva 93/16/CEE, del Consejo, el período de residencia implicará, en todo caso, la dedicación a tiempo completo a las tareas formativas, por lo que su realización no puede simultanearse con el servicio militar o prestación social sustitutoria que exigen respectivamente la disponibilidad permanente y una jornada semanal de treinta y cinco a cuarenta horas.

2. Los aspirantes que obtengan en esta prueba selectiva una puntuación total individual suficiente para obtener plaza en formación y estén realizando o se encuentren pendientes de realizar el servicio militar o prestación social sustitutoria, podrán solicitar la reserva de dicha plaza, posponiendo la incorporación a la misma hasta el total cumplimiento de las obligaciones derivadas de dichas prestaciones.

Las reservas se harán efectivas con motivo de nueva convocatoria específica de plazas en formación de Medicina Familiar y Comunitaria, iniciándose el período formativo en el plazo de toma de posesión fijado para el resto de los adjudicatarios. No obstante dicho plazo posesorio podrá ampliarse en los términos previstos en la base XIV.3.

3. Los aspirantes con plaza reservada podrán presentarse nuevamente a las convocatorias específicas de plazas de formación de Medicina Familiar y Comunitaria que se produzcan durante la realización del servicio militar o prestación social sustitutoria, siempre que hayan renunciado previamente a la plaza reservada.

4. Para facilitar la pronta incorporación a la plaza en formación obtenida mediante reserva, los aspirantes que hayan reservado plaza en la presente convocatoria y que estén pendientes de realizar el servicio militar o la prestación social sustitutoria, cualquiera que sea la situación en que se encuentren, podrán presentar, a través del correspondiente Centro de Reclutamiento u Oficina para la Prestación Social de los Objetores de Conciencia, instancia dirigida a la Subsecretaría del Ministerio de Defensa o, en su caso, a la dirección de dicha oficina con la finalidad de adelantar la iniciación efectiva del mencionado servicio o prestación social.

Los interesados, para justificar la petición que se cita en el párrafo anterior, podrán solicitar de la Subsecretaría de Sanidad y Consumo certificación acreditativa de que se ha obtenido plaza con reserva en la presente convocatoria.

5. Una vez iniciado el período de residencia, la realización del servicio militar o prestación social sustitutoria implicará la suspensión del contrato formativo al menos durante el tiempo que duren dichas prestaciones. La reincorporación del residente en la plaza en la que inició su formación sólo se producirá cuando dicha reincorporación, a la vista de la capacidad docente del centro y del número de residentes existentes en el mismo, no sea perjudicial para la formación del interesado y de los terceros afectados. La Subsecretaría de Sanidad y Consumo, oída la correspondiente Comisión de Docencia y la Comisión Nacional de la Especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria, dictará Resolución autorizando la reincorporación en cada caso.

XII. Régimen de renuncias y sus efectos

1. Los seleccionados que hayan obtenido o se les haya reconocido reserva de plaza en formación de las ofertadas en esta convocatoria específica deberán renunciar a la misma si optan por concurrir a la convocatoria general anual que se regula en el artículo 5 del Real Decreto 127/1984. En todo caso su solicitud para participar en dicha convocatoria general no afectará a las plazas de Medicina Familiar y Comunitaria ofertadas en la misma.

2. La renuncia que se cita en el apartado anterior, a los efectos de participar en la convocatoria general 1997, se realizará preferentemente de forma expresa en el mismo acto en que el interesado haya solicitado, como consecuencia de esta convocatoria específica, la adjudicación de plaza y, por lo tanto, obtenido la misma.

Se considerará que no han obtenido plaza, a los efectos previstos en el artículo 2 del Real Decreto 931/1995, los que, aun teniendo puntuación suficiente para acceder a una plaza en formación ofertada en esta convocatoria, no comparezcan a los actos de adjudicación, pudiendo, por tanto, presentarse a la convocatoria general 1997.

Las plazas afectadas por lo previsto en los dos párrafos anteriores se adjudicarán por el sistema ordinario en esta convocatoria específica.

3. La renuncia a la plaza obtenida en esta convocatoria específica se podrá realizar también con posterioridad al acto de adjudicación y hasta la finalización del plazo de presentación de documentos de la convocatoria general 1997.

Las plazas afectadas por las renuncias que se citan en el párrafo anterior se adjudicarán en la convocatoria general 1997.

4. De conformidad con lo previsto en el artículo segundo.4 del Real Decreto 931/1995, los que renuncien a obtener plaza en formación de Medicina Familiar y Comunitaria en esta convocatoria específica y no obtengan plaza de otra especialidad en la convocatoria general conservarán su derecho a ocupar plaza en convocatorias específicas sucesivas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2 del Real Decreto 931/1995 de 9 de junio.

XIII. Relación de adjudicatarios y reconocimiento de reservas

1. Finalizadas las actuaciones que se citan en las bases X, XI y XII, el Subsecretario del Ministerio de Sanidad y Consumo dictará Resolución aprobando la relación de adjudicatarios de plaza que se publicará en los Servicios Centrales y Periféricos del mismo que se citan en el anexo V comunicándola al propio tiempo a las Consejerías de Salud de las diversas Comunidades Autónomas, a las unidades docentes cuyas plazas han sido adjudicadas y a la Dirección General de Enseñanza Superior del Ministerio de Educación y Cultura. Dicha Resolución pondrá fin a la vía administrativa.

2. Al mismo tiempo que se apruebe la relación de adjudicatarios que se cita en el apartado anterior, el Subsecretario de Sanidad y Consumo, aprobará la relación de aquellos a los que se reconozca la asignación de plaza con reserva, cuya adjudicación definitiva y toma de posesión se efectuará de acuerdo con lo previsto en el apartado 4 de la base siguiente. La asignación de plaza con reserva se notificará a cada uno de los afectados.

XIV. Plazos y trámites de toma de posesión e incorporación

a las plazas

1. Los aspirantes a los que se adjudique plaza tomarán posesión de la mismas en la correspondiente unidad docente en el plazo que se señale en la Resolución a que se refiere el apartado 1 de la base X, sin cuyo requisito se entenderá que renuncian a la adjudicación. Los adjudicatarios de plaza que puedan resultar afectados por el régimen general de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas o por el del personal militar deberán hacer manifestación al respecto en el acto de toma de posesión formulando, al propio tiempo, la opción que interesen.

2. En el plazo de toma de posesión y antes de la firma del contrato, los adjudicatarios de plaza se someterán, en el centro de que se trate, a examen médico para comprobar que no padecen enfermedad ni están afectados por limitación física o psíquica que sea incompatible con las actividades profesionales que el programa formativo exija al residente. De no superar este examen, la adjudicación se entenderá sin efecto.

3. Excepcionalmente, la incorporación de los adjudicatarios de plaza de residente de primer año podrá prorrogarse en el plazo que se determine para los participantes en la convocatoria general 1997, siempre que se encuentren cumpliendo el servicio militar obligatorio, la prestación social sustitutoria de éste u otras obligaciones que nazcan de la Ley y no sean de naturaleza voluntaria y que la obligación correspondiente finalice dentro de dicha prórroga, acreditando estos extremos ante el centro correspondiente en el plazo de toma de posesión que se señale.

4. Los aspirantes a los que se reconozca asignación de plaza con reserva deberán incorporarse a ésta en el mismo plazo que se señale a los adjudicatarios de plaza de la convocatoria específica 1998, siempre que hubiesen finalizado en aquel momento las obligaciones que motivaron la reserva y lo soliciten dentro del plazo que se señale en la Resolución a que se refiere la base XIII.2. En ningún caso se les permitirá hasta entonces la incorporación aun en el supuesto de que desapareciera antes la causa de la reserva. En el supuesto de que la plaza reservada no se incluya en la oferta del año siguiente, la Subsecretaría de Sanidad y Consumo resolverá, previa audiencia del interesado, la plaza en la que debe iniciarse su formación.

5. Las plazas que no se cubran en la presente convocatoria específica se acumularán a la convocatoria General 1997.

6. No se permitirá la permuta de plazas entre aspirantes ni el traslado de centro ni unidad docente, salvo en el supuesto excepcional de revocación de la acreditación.

XV. Régimen de formación

1. Los adjudicatarios de plaza iniciarán su formación como residentes bajo la dependencia de la unidad docente, formalizando el correspondiente contrato con la entidad titular de la misma.

2. La duración de los estudios comprenderá un período de tres años. De conformidad con lo previsto en el artículo 14.5 de la Orden de 27 de junio de 1989, la impartición del programa tiene carácter ininterrumpido, por lo que los aspirantes que previsiblemente no puedan cumplir de forma continuada dicho período en la unidad docente deberán abstenerse de solicitar la adjudicación de plaza.

Respecto a los adjudicatarios de plaza que estén pendientes del cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, se estará a lo dispuesto en la base XI.

3. Los adjudicatarios de plaza, formalizado el contrato, se incorporarán a la unidad docente en calidad de residentes de primer año, durante el cual deberán adquirir los conocimientos teóricos y las habilidades correspondientes a este período del programa formativo.

4. La organización, supervisión, desarrollo y evaluación del período de formación se ajustará a lo previsto en la Orden de 22 de junio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 30).

5. De conformidad con lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 931/1995, de 9 de junio, quienes se encuentren realizando un período de formación médica especializada en plaza de residente obtenida en esta convocatoria, no podrán concurrir a convocatorias sucesivas, ya sean generales o específicas, salvo renuncia previa a la plaza desempeñada.

XVI. Otras normas

1. Las asistencias que devenguen los miembros de la Comisión calificadora y los de las Mesas de examen serán las correspondientes a la categoría primera de las previstas en el artículo 33 del Real Decreto 236/1988, de 4 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

2. La prueba selectiva 1997 se desarrollará conforme al calendario que se señala en el anexo VII. No obstante lo anterior, se faculta a la Subsecretaría de Sanidad y Consumo para modificar el calendario señalado mediante Resolución motivada que habrá de publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 24 de julio de 1997.

ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ

Excmo. Sr. Ministro de Sanidad y Consumo y Excma. Sra. Ministra de Educación y Cultura.

ANEXO I

Extracto del acta correspondiente a la sesión celebrada por la Comisión Interministerial prevista en el artículo 3 de la Orden de 27 de junio de 1989, en la que se contiene la oferta de plazas en formación de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria a incluir en la convocatoria específica 1997

En Madrid, el día 9 de julio de 1997, se ha reunido la Comisión Interministerial a la que se refiere el artículo 3 de la Orden de 27 de junio de 1989 («Boletín Oficial del Estado» del 28) en la que, entre otros asuntos, se ha elaborado la oferta de plazas en formación de la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria a adjudicar en la convocatoria específica 1997, a las que, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 931/1995, de 9 de junio, sólo podrán acceder quienes hubieran obtenido el título de Licenciado en Medicina con posterioridad al 1 de enero de 1995.

La Comisión, vistos los informes de las diversas Comunidades Autónomas y del Consejo Nacional de Especialidades Médicas, ha propuesto al Ministerio de Sanidad y Consumo la citada oferta, que incluye 1.538 plazas en las que la formación se impartirá por el sistema de residencia, distribuidas por sectores, Comunidades Autónomas, provincias y unidades docentes, según el catálogo adjunto.

La Comisión acuerda la publicación del catálogo general de plazas acreditadas para la formación en la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria, de las que se han desglosado las que se ofertan en la convocatoria específica 1997.

Asimismo, la Comisión acuerda hacer públicas las condiciones generales que han sido homologadas al centro de titularidad privada «Hospital Mutua de Tarrasa», para ejercer el derecho a prestar conformidad a los aspirantes a plazas de formación de la convocatoria específica 1997, que pretendan acceder a dicho centro.

Catálogo relativo a las plazas acreditadas de Medicina Familiar y Comunitaria con expresión de las que se ofertan

para su adjudicación en la convocatoria específica 1997

Oferta

específica / Unidad docente / Zona-Código / Hospitales / Centros de salud / Pl. acred.

C. A. de Andalucía

Sector público

Almería. / 040071. / H. Torrecárdenas.

H. La Inmaculada (Huércal Ov.). / Ciudad Jardín.

Virgen del Mar.

Plaza de Toros.

Bajo Andrax.

Roquetas de Mar. / 23 / 12

Cádiz. / Cádiz.

110071. / H. Univer. SAS Puerta Mar. / La Merced.

Rodríguez Arias San Fernando.

El Olivillo. / 14 / 11

Jerez de la Frontera.

110072. / H. del SAS de Jerez. / La Granja.

San Telmo. / 10 / 9

Puerto Real.

110073. / H. Univ. SAS Puerto Real. / Puerto Real.

Pinillo Chico. / 11 / 9

Campo de Gibraltar.

110074. / H. Punta de Europa (Algeciras).

H. de La Línea de la Concepción. / La Línea Centro.

Algeciras Norte.

Los Barrios.

San Roque. / 19 / 10

Córdoba. / I. Capital.

140071. / H. Reina Sofía.

H. Los Morales.

H. Provincial. / Occidente.

Huerta La Reina.

Levante Norte.

La Fuensanta. / 22 / 18

II. Área Campiña.

140072. / H. Infanta Margarita (Cabra). / Priego.

Cabra.

Rute. / 9 / 5

III. Área Valle.

140073. / H. Valle Pedroches (Pozoblanco). / Pozoblanco. / 9 / 5

Granada. / Sur I.

180071. / H. Universitario de Granada. / Albaicín.

Doctores (Salvador Caballero).

Zaidín Sur. / 17 / 13

Sur II.

180072. / H. Comarcal de Motril. / Motril-Este.

San Antonio.

Albuñol. / 10 / 6

Norte I.

180073. / H. Virgen de las Nieves. / Cartuja.

Almanjayar.

Chana. / 22 / 16

Norte II.

180074. / H. de Baza. / CS Huéscar.

CS Marquesado. / 8 / 6

Huelva. / 210071. / H. Infanta Elena.

H. Juan Ramón Jiménez.

H. Riotinto. / Molino de la Vega.

La Orden.

El Torrejón.

Los Rosales.

Cartaya.

Bollullos.

Reina Sofía.

Gibraleón.

Campiña Sur. / 24 / 19

Jaén. / Jaén.

230071. / H. Gral. Esp. Ciudad de Jaén.

H. Princesa de España. / El Valle.

Federico del Castillo.

San Felipe.

Torredonjimeno. / 17 / 13

Úbeda.

230072. / H. Gral. Básico San Juan Cruz. / Virgen del Gavellar. / 8 / 5

Linares.

230073. / H. General Básico San Agustín. / San José. / 8 / 5

Málaga. / Zona I.

290071. / H. Regional Carlos Haya. / El Palo.

Palma Palmilla.

El Limonar.

Puerto de la Torre. / 20 / 14

Zona II.

290072. / H. Univers. V. de la Victoria. / San Andrés Torcal.

Delicias.

Carranque.

Puerta Blanca. / 14 / 12

Axarquía.

290073. / H. Gral. Básico de la Axarquía. / Torre del Mar.

Torrox. / 8 / 7

Ronda.

290074. / H. Gral. Básico La Serranía. / Santa Bárbara (Ronda-Sur).

Ronda Norte. / 8 / 5

Antequera.

290075. / H. Gral. Básico de Antequera. / Trinidad-Jesús Cautivo. / 4 / 3

Sevilla. / Virgen del Rocío.

410071. / H. Universitario Virgen Rocío. / Torreblanca.

Montequinto.

San Pablo.

Candelaria.

Sanlúcar-Olivares.

Cerro del Ánguila.

Polígono Sur.

Mairena del Aljarafe. / 20 / 15

Virgen Macarena.

410072. / H. Univers. Virgen Macarena. / Polígono Norte.

Camas.

Pinomontano A.

Pinomontano B. / 18 / 12

Virgen de Valme.

410073. / H. Univers. Virgen de Valme. / Bellavista.

Dos Hermanas.

Alcalá de Guadaira.

Las Cabezas (Cabezas de San Juan). / 18 / 10

Virgen de la Merced.

410074. / H. de la Merced (Osuna). / CS Estepa.

Virgen del Valle (Écija).

El Almorrón (Écija).

Puebla de Cazalla. / 12 / 9

Sector público ajeno a Seguridad Social

Málaga. / Costa del Sol.

290111. / H. Costa del Sol. / Mijas-Las Lagunas.

Benalmádena.

Albarizas (Marbella). / 8 / 4 /

Total Andalucía / 361 / 253

C. A. de Aragón

Sector público

Huesca. / Zona I.

220071. / H. General San Jorge. / Perpetuo Socorro. / 9 / 7

Zona II.

220072. / H. de Barbastro. / CS Barbastro. / 6 / 4

Teruel. / 440071. / H. General Obispo Polanco. / Teruel-Capital. / 7 / 6

Alcañiz. / 440072. / H. Alcañiz. / Alcañiz.

Andorra. / 7 / 5

Zaragoza. / Zona I.

500071. / H. Miguel Servet. / Oviedo-La Paz.

Arrabal.

Almozara.

Fuentes Norte.

S. José Norte.

Torre Ramona.

Actur Sur. / 28 / 22

Zona II.

500072. / HCU Lozano Blesa. / Delicias Sur.

Valdefierro.

San José Norte.

Zaragoza II. / Torre Ramona.

San José Centro.

Zalfonada. / 18 / 15 /

Total Aragón / 75 / 59

C. A. de Asturias

Sector público

Avilés. / Zona I. / H. San Agustín (Avilés). / La Magdalena.

330071. / Corvera (Castrillón).

Pravia. / 12 / 9

Oviedo. / Zona II.

330072. / H. Central de Asturias. / El Cristo.

Otero.

Ventanielles.

Teatinos.

Paulino Prieto.

Llanes.

Arrionda. / 20 / 14

Gijón. / Zona III.

330073. / H. de Cabueñes (Gijón).

H. de Jove. / Natahoyo-Tremañes.

El Coto.

Contrueces.

La Calzada. / 15 / 13

Mieres. / Zona IV.

330074. / H. Álvarez Buylla (Mieres). / Mieres-Sur.

Pola de Lena.

Cabañaquinta. / 10 / 9

Langreo. / Zona V.

330075. / H. Valle del Nalón (Langreo). / La Felguera.

Sotrondio.

Riaño.

Pola de Laviana.

Sama. / 10 / 9

Cangas del Narcea. / Zona VI.

330076. / H. Carmen y Severo Ochoa. / Cangas del Narcea.

Tineo. / 8 / 3

Jarrio. / Zona VII.

330077. / H. Comarcal del Jarrio. / Luarca.

Vegadeo. / 6 / 5 /

Total Asturias / 81 / 62

C. A. de Baleares

Sector público

Mallorca. / 070071. / Complejo Hosp. Son Dureta.

Complejo Hosp. de Mallorca. / Camp Redo.

Coll D'En Rebassa.

Escola Graduada.

Son Cladera.

Son Serra-La Vileta.

Son Gotileu.

Calvià. / 23 / 18

Menorca. / 070072. / H. Virgen de Monte Toro. / Dalt Sant Joan.

Canal Salat. / 8 / 6

Eivissa Formentera. / 070073. / H. Can Misses. / Can Misses. / 8 / 7 /

Total Baleares / 39 / 31

C. A. de Canarias

Sector público

Gran Canaria. / Norte.

350071. / H. Nuestra Señora del Pino (Las Palmas). / Escaleritas.

Canalejas.

Barrio Atlántico. / 14 / 12

Sur.

350072. / H. Insular. / San Gregorio.

Vecindario. / 14 / 11

Lanzarote.

350073. / H. General de Lanzarote. / San Bartolomé-Tinajo.

Valterra. / 6 / 4

Tenerife I. / 380071. / H. Nuestra Señora Candelaria (Tenerife).

H. Nuestra Señora de las Nieves. / Barrio de la Salud.

Taco.

La Laguna-Geneto. / 21 / 18

Sector público ajeno a Seguridad Social

Tenerife II. / 380111. / H. Universitario de Canarias. / Tejina. / 8

Tacoronte. / 11 /

Total Canarias / 66 / 53

C. A. de Cantabria

Sector público

Santander-Laredo. / I Santander.

390071. / H. Universitario Valdecilla. / Cazoña.

José Barros (Camargo).

La Marina. / 20 / 14

II Laredo.

390072. / H. Comarcal de Laredo. / Santoña.

Cotolino (Castro Urdiales). / 7 / 6

Torrelavega. / 390073. / H. Sierrallana. / Dobra.

Zapatón. / 10 / 9 /

Total Cantabria / 37 / 29

C. A. de Castilla

y León

Sector público

Ávila. / 050071. / H. Nuestra Señora de Sonsoles. / Ávila Norte.

Ávila Estación.

Ávila Sur. / 13 / 9

Burgos. / Burgos-Aranda.

090071. / H. General Yagüe.

H. Santos Reyes. / San Agustín.

García Lorca.

Comuneros.

Gamonal I Alcalde Martín Cobos. / 16 / 14

Miranda de Ebro.

090072. / H. Santiago Apóstol. / Miranda Oeste. / 8 / 5

León I. / 240071. / H. Complejo Hospitalario León. / José Aguado I y II.

La Condesa.

San Andrés. / 18 / 15

León II. / 240072. / H. General del Bierzo. / Ponferrada-II. / 10 / 8

Palencia. / 340071. / H. General Río Carrión. / Pintor Oliva.

San Juanillo.

Baltanas.

La Puebla.

Jardinillos. / 18 / 12

Salamanca. / 370071. / Complejo Hosp. de Salamanca. / San Juan.

Castro Prieto.

Garrido Sur.

Alamedilla. / 26 / 18

Segovia. / 400071. / H. General de Segovia. / Segovia-I.

Segovia-II. / 14 / 9

Soria. / 420071. / H. del INSALUD de Soria. / Soria Norte.

Soria Sur. / 10 / 6

Valladolid Este. / Valladolid.

470071. / H. Universitario Valladolid. / Tortola.

Rondilla I.

Portillo.

Peñafiel.

Canterac.

Rondilla II.

Magdalena.

Barrio España. / 18 / 15

Medina del Campo.

470072. / H. Comarcal Medina del Campo. / Medina del Campo Urbano.

Iscar. / 10 / 9

Valladolid Oeste. / 470073. / H. Río Hortega. / Casa del Barco.

Arturo Eyries.

La Victoria.

Laguna de Duero.

Huerta del Rey. / 18 / 14

Zamora. / 490071. / H. Virgen de la Concha. / Virgen de la Concha.

Parada del Molino. / 14 / 10 /

Total Castilla y León / 193 / 144

C. A. de Castilla-La Mancha

Sector público

Albacete. / Albacete.

020071. / H. General de Albacete. / Zona I.

Zona II.

Zona III.

Zona IV.

Zona V.

La Roda. / 16 / 14

Hellín.

020072. / H. Comarcal de Hellín. / CS de Hellín. / 6 / 4

Ciudad Real. / Zona I.

130071. / H. Nuestra Señora de Alarcos.

H. La Mancha. / Ciudad Real I (El Torreón).

Bolaños de Cva.

Ciudad Real II (Pío XII).

Porzuna.

Puerta de Toledo III. / 20 / 15

Zona II.

130072. / H. Santa Bárbara-Puertollano. / Puertollano II.

Puertollano I. / 7 / 5

Cuenca. / 160071. / H. Virgen de la Luz. / San Ignacio de Loyola. / 12 / 9

Guadalajara. / 190071. / H. General de Guadalajara. / Azuqueca de Henares.

Guadalajara Sur.

Balconcillo. / 16 / 13

Toledo. / 450071. / H. Virgen de la Salud. / Polán.

Santa María Benquerencia.

Santa Bárbara.

Sillería.

La Puebla de Montalbán.

El Parque-Fuensalida. / 13 / 9

Talavera de la Reina. / 450072. / H. Nuestra Señora Prado Talavera de la Reina. / La Estación.

La Solana. / 8 / 6 /

Total Castilla-La Mancha / 98 / 75

C. A. de Cataluña

Sector público

Barcelona Ciutat ICS. / 080071. / H. Vall d'Hebrón.

H. del Mar-Esperança (Imas).

H. de la Creu Roja (Barcelona).

H. Sagrat Cor.

H. Sta. Creu i S. Pau. / ABS Gotic (Barcelona).

ABS Raval Sud (Barcelona).

ABS La Mina (San Adriá del Besós).

ABS Barcelona 7C-Carmel.

ABS Raval Nord (Barcelona).

ABS Barcelona i La Pau.

ABS Barcelona 3C Carles Ribes.

ABS Chafarinas Cap Via Barcino.

ABS Passeig de S. Joan. / 57 / 37

Barcelonés Nord

Maresme.

ICS. / 080072. / H. Germans Trias i Pujol.

H. Sant Jaume de Calella. / ABS Badalona-6 Llefia.

ABS Mataró-7 Ronda Prim.

ABS Canet de Mar.

ABS Badalona 4.

ABS Badalona 5. / 16 / 11

Centre ICS. / 080073. / H. General de Vic.

Consorci Hosp. Parc Tauli.

H. Gral. de Manresa.

H. Gral. de Granollers. / ABS Ciutat Badia.

ABS S. Hipolit Voltegra.

ABS Eugenia de Berga.

ABS Montornes-Montmelo.

ABS Manlleu.

ABS Manresa 2.

ABS Manresa 4. / 36 / 24

Costa Ponent ICS. / 080074. / H. de Bellvitge.

H. de Viladecans.

H. de la Creu Roja (Hosp. de Ll.).

H. St. Camil.

H. Comarcal de l'Alt Penedès. / ABS Centre (L'Hospitalet de Ll.-1).

ABS St. Josep (Hospitalet Ll.).

ABS La Gavarra (Cornellá de Ll.).

ABS Pujol i Capçada (El Prat de Ll.).

ABS Castelldefels.

ABS Florida Nord.

ABS Florida Sud.

ABS Gavá 2.

ABS Garraf Rural.

ABS Viladecans 2.

ABS Les Planes (St. Joan de Espí).

ABS Sant Ildefons (Cornellá de Ll.).

ABS Sta. Eulalia Sud (Hosp. de Ll.).

ABS Martorell. / 68 / 41

Girona ICS. / 170071. / H. Josep Trueta.

H. de Figueres. / ABS Girona 3-Vilaroja.

ABS Girona 4.

ABS Salt. / 15 / 8

Lleida ICS. / 250071. / H. A. De Vilanova-Gestió Sanit. / ABS Les Borges Blanques.

ABS Balafia-Pardinyes-Seca S-Pere.

ABS Pla d'Urgell (Mollerusa).

ABS Eixample (Lleida).

ABS Bordeta-Magraners (Lleida). / 14 / 10

Tarragona ICS. / 430071. / H. Joan XXIII de Tarragona.

Pius Hospital de Valls. / Cap i Dr. Sarro Roset-Valls.

ABS Torreforta-La Granja-Tarragona.

ABS Reus 4-Riera Miro.

ABS Reus 2-S. Pere. / 23 / 14

Tortosa ICS. / 430073. / H. Verge de la Cinta. / Cap. II Baix Ebre (Tortosa).

ABS del Tebre. / 12 / 5

Sector público ajeno

a Seguridad Social

Clinic-Maternitat. / 080113. / H. Clinic i Provincial. / Cap Les Corts. / 7 / 4

Consorci Sanitari de Mataró. / 080115. / H. Consorci Sanitari de Mataró. / ABS Cirera Molins (Mataró). / 10 / 4

Consorci Sanitari de Terrassa. / 080116. / H. Consorci Sanitari de Terrassa. / ABS Terrasa Nord.

Cap St. Llatzer. / 16 / 7

Badalona Gestió Assistencial. / 080117. / H. Municipal de Badalona. / ABS Morera Pomar. / 7 / 3

Fund. S. Pau i Sta. Tecla. / 430112. / H. S. Pau i Sta. Tecla. / Vila-Seca. / 4 / 3

F. Assist. Sanit. i Social-Fass. / 430111. / HU S. Joan de Reus. / ABS Vandellós. / 3 / 2

Sector privado

con conformidad

Mutua de Terrassa. / 080096. / H. Mutua de Terrassa. / ABS Rubí I.

ABS Sant Cugat.

Terrasa Sud. / 12 / 7 /

Total Cataluña / 300 / 180

C. A. de Extremadura

Sector público

Badajoz. / 060071. / H. Infanta Cristina de Badajoz. / La Paz.

San Roque.

San Fernando.

Carlos Gómez-Pueblo Nuevo del Guad. / 21 / 18

Mérida. / 080072. / H. del Insalud de Mérida. / Urbano I de Mérida. / 11 / 8

Cáceres. / 100071. / Compl. Hospitalario Cáceres. / Plaza de Argel.

Aldea Moret. / 14 / 12

Plasencia. / 100072. / H. Virgen del Puerto.

H. Campo Arañuelo (Nav. Mata). / Luis de Toro (Plasencia).

Plasencia Sur (San Miguel).

Navalmoral. / 14 / 9 /

Total Extremadura / 60 / 47

C. A. de Galicia

Sector público

La Coruña. / 150071. / H. Juan Canalejo. / Adormideras.

Cambre.

Elviña.

Labañón. / 20 / 15

El Ferrol. / 150072. / H. Arquitecto Marcide. / Serrantes.

Caranza.

Narón. / 14 / 5

Santiago. / 150073. / Comp. Hosp. de Santiago de Comp. / Vite.

La Estrada.

Conxo. / 16 / 9

Lugo. / 270071. / H. Xeral-Calde.

H. Monforte de Lemos.

H. da Costa Burela. / Fingoi.

La Milagrosa.

San Roque. / 17 / 8

Orense. / 320071. / H. Compl. Hosp. Cristal-Piñor. / Valle Inclán.

Carballino.

Mariñamansa (A Cuña).

Novoa Santos. / 18 / 12

Pontevedra. / 360071. / H. Montecelo.

H. Provincial. / (Lerez) Virgen Peregrina.

Marín.

O'Grove. / 20 / 10

Vigo. / 360072. / H. Xeral-Cies.

H. do Meixoeiro. / Sardoma.

Matama.

Vigo-Centro. / 20 / 14 /

Total Galicia / 125 / 73

C. A. de La Rioja

Sector público

La Rioja. / 260071. / Comp. Hosp. S. Millán-S. Pedro. / Joaquín Elizalde.

Gonzalo de Berceo.

Rodríguez Paterna. / 20 / 15 /

Total La Rioja / 20 / 15

C. A. de Madrid

Sector público

Área I. / 280021. / H. Gral. Univ. Gregorio Marañón. / Vicálvaro.

Vicente Soldevilla.

León Felipe-Rafael Alberti.

Buenos Aires-Portazgo.

Pl. del Encuentro-Aldebarán.

Ibiza-Orión.

Torito.

La Paz. / 27 / 20

Área II. / 280022. / H. La Princesa.

H. Sta. Cristina.

H. del Niño Jesús. / Valleagudo.

Jaime Vera.

Ciudad Jardín.

Mejorada del Campo.

Prosperidad I.

Goya II. / 20 / 15

Área III. / 280071. / H. Príncipes de Asturias. / Luis Vives I (Alcalá de Henares).

Luis Vives II (Alcalá de Henares).

María de Guzmán I (Alcalá de Henares).

María de Guzmán II (Alcalá de Henares).

Frontera I (Torrejón de A.).

Frontera II (Torrejón de A.). / 18 / 14

Área IV. / 280072. / H. Ramón y Cajal. / Monovar.

Barajas.

Castillo de Uclés.

Mar Báltico-EAP. PP. I.

Mar Báltico-EAP. PP. II.

Dr. Cirajas. / 20 / 15

Área V. / 280073. / H. La Paz. / Fuencarral.

Tres Cantos.

La Chopera.

V Centenario.

Ciudad de los Periodistas.

Bustarviejo. / 20 / 15

Área VI. / 280074. / H. Clínica Puerta de Hierro.

H. de El Escorial. / Pozuelo I.

Argüelles.

Majadahonda.

Monterozas.

María Auxiliadora.

Las Rozas El Abajón.

Villanueva de la Cañada.

Torrelodones. / 24 / 18

Área VII. / 280075. / H. Clínico Univ. San Carlos.

Clínica Ntra. Sra. de la Concepción. / Las Águilas.

Campamento.

Espronceda II.

Espronceda III. / 26 / 19

Área VIII. / 280076. / H. de Móstoles. / Ramón y Cajal.

San Fernando.

Barcelona.

Miguel Servet. / 18 / 14

Área IX. / 280077. / H. Severo Ochoa. / Dr. Mendiguchía Carriche I.

Francia I.

El Naranjo.

Jaime Vera I.

Panaderas I.

Cuzco (Fuenlabrada).

María Jesús Hereza Cuéllar I. / 18 / 15

Área X. / 280078. / H. Universitario de Getafe. / Isabel II (Parla).

El Greco (Getafe).

Pintores (Parla).

Juan de la Cierva. / 18 / 14

Área XI. / 280079. / H. 12 de Octubre. / Embajadores.

Gómez Acebo.

Orcasitas.

Potes.

Pta. Bonita II.

Sáhara (El Espinillo).

Los Rosales (El Espinillo). / 22 / 17 /

Total Madrid / 231 / 176

C. A. de Murcia

Sector público

I. Murcia. / 300071. / H. General Universitario.

H. Virgen de la Arrixaca.

H. V. del Castillo de Yecla.

H. Morales Messeguer. / Santomera.

Barrio del Carmen (Murcia).

Alcantarilla.

Molina de Segura.

Cieza.

Sta. María Gracia.

La Ñora. / 34 / 29

II. Cartagena. / Cartagena.

300072. / H. Sta. María del Rosell (Cartagena). / Cartagena-Casco.

Cartagena-San Antón.

Torre Pacheco.

La Unión. / 16 / 13 / San Javier.

300073. / H. Los Arcos (Sant. de la Rib.). / San Javier. / 7 / 6

III. Lorca. / 300074. / H. Rafael Méndez (Lorca). / Lorca Centro. / 7 / 6 /

Total Murcia / 64 / 54

C. A. de Navarra

Sector público

Navarra. / Pamplona-Norte Este.

310071. / H. Provincial de Navarra.

H. Virgen del Camino. / Iturrama.

Tafalla.

Barañaín.

Txantrea.

Zizur-Etxabakoitz.

San Jorge.

Rotxapea y Ansoain. / 18 / 15 / Tudela.

310072. / H. Reina Sofía. / Tudela-Este.

Tudela-Oeste. / 8 / 5 / Estella.

310073. / H. García Orcoyen. / Estella. / 6 / 3 /

Total Navarra / 32 / 23

C. A. del País Vasco

Sector público

Álava. / Zona I.

010071. / H. Txagorritxu. / Sansomendi.

Abetxuko.

Habana.

San Martín. / 14 / 12

Zona II.

010072. / H. Santiago Apóstol. / Santiago-Casco Viejo.

Arambizkarra II.

Ntra. Sra. de Estíbaliz (Olaguibel). / 7 / 6

III (en prov. de Guipúzcoa).

200076. / H. Alto Deba. / Arrasate-Mondragón.

Oñate. / 6 / 4

Guipúzcoa. / Zona I.

200071. / H. N.a S.a de Aránzazu. / Billabona.

Andoain.

Alza.

Pasajes de S. Pedro. / 14 / 12 / Zona II.

200072. / H. de Guipúzcoa. / Beraun.

Zumaya.

Zarautz. / 7 / 6 / Zona III.

200073. / H. Bidasoa. / C. S. Dumboa.

C. S. Irún Centro. / 6 / 5 / Zona IV.

200074. / H. N. S. de la Antigua-Zumárraga. / C. S. Ordizia.

Azpeitia.

Zumarraga.

Legazpi. / 6 / 5 / Zona V.

200075. / H. de Mendaro. / C. S. Ermua.

C. S. Elgóibar.

C. S. Eibar. / 6 / 4

Vizcaya. / Zona I.

480071. / H. de Cruces (Baracaldo). / Ortuella.

Rekaldeberri.

Deusto.

Algorta.

Erandio.

Txoriherri.

Santurtzi-Cabieces. / 22 / 17 / Zona II.

480072. / H. de Galdakao. / Galdakao.

Ariz (Basauri).

Matiena (Abadiño).

Kareaga (Basauri). / 16 / 14 / Zona III.

480073. / H. de San Eloy. / Kueto (Sestao).

Lutxana. / 7 / 5 / Zona VI.

480074. / H. de Basurto. / Otxarcoaga.

C. S. San Ignacio.

Albia. / 9 / 8 /

Total País Vasco / 120 / 98

C. A. Valenciana

Sector público

Alicante. / Área 15.

030071. / H. de Villajoiosa. / Villajoiosa.

Alfaz del Pi. / 7 / 6 / Área 14.

030072. / H. de Alcoy. / Alcoy-«La Bassa».

Cocentaina. / 7 / 6 / Área 17.

030073. / H. de Elda. / Novelda.

Petrer.

Elda. / 9 / 8 / Área 16.

030074. / H. de San Juan. / Mutxamel.

Juan XXIII.

Babel. / 9 / 8 / Área 18.

030075. / H. General de Alicante. / Ciudad Jardín (Alicante).

Florida. / 11 / 9 / Área 19.

030076. / H. de Elche. / Elche-«Carrus».

Santa Pola.

Altabix. / 9 / 8 / Área 20.

030077. / H. de Orihuela. / Orihuela.

Albatera.

Almoradi. / 9 / 8 / Área 12.

030078. / Comarcal «Marina Alta». / Xabia.

Pego. / 8 / 7

Castellón. / Área 1.

120071. / H. de Vinarós. / Vinarós.

Benicarló. / 8 / 7 / Área 2.

120072. / H. General de Castellón.

H. Granvía. / Carrer Useres (Castellón).

Avenida Casalduch (Castellón).

Barranquet (Castellón).

Almazora.

San Agustín.

Vila-Real I.

Vall de Uxó.

Onda.

Vila-Real II.

Burriana. / 24 / 20

Valencia. / Área 3.

460071. / H. de Sagunto. / Puerto de Sagunto.

Segorbe. / 10 / 9 / Área 6.

460073. / H. La Fe. / Manises.

Salvador Allende.

Trinitat. / 10 / 9 / Área 4.

460074. / H. Clínico Universitario. / Nazaret.

Salvador Pau. / 10 / 9 / Área 9.

460075. / H. Dr. Peset Alexandre. / Fuente de San Luis.

Castellar. / 10 / 9 / Área 11.

460076. / H. Françesc de Borja de Gandia. / Tavernes de Valldigna. / 10 / 9 / Área 13.

460077. / H. Lluís Alcanys de Xátiva. / Carlet.

Silla.

Banifao. / 12 / 10 / Área 5.

460078. / H. Arnau de Vilanova. / Lliria.

Godella. / 10 / 9 / Área 7.

460079. / H. de Requena. / Marco Merenciano.

Torrent. / 10 / 9

Sector público ajeno

a Seguridad Social

Valencia. / Área 8.

460111. / H. General Universitario. / Virgen de la Fuensanta.

Torrente. / 9 / 6 /

Total C. A. Valenciana / 192 / 166 /

Total de plazas / 2.094 / 1.538

Condiciones generales homologadas al Hospital Mutua de Terrassa (Barcelona) de titularidad privada, para ejercer el derecho a prestar conformidad a los aspirantes a las plazas que se ofertan en la convocatoria específica 1997 (Orden de 22 de octubre de 1986, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del 25):

Primera.-El interesado deberá obtener la puntuación necesaria en la prueba de selección del examen nacional.

Segunda.-Haber solicitado plaza en el centro después de haber sido convocada por el mismo.

Tercera.-La selección de los candidatos se llevará a cabo de acuerdo con el expediente académico, experiencia e informes como Médico asistente, ya en el centro, ya en otro centro acreditado en los servicios relacionados con la especialidad solicitada, y una entrevista personal.

ANEXO II

1. Relación de aspirantes a los que se adjudicará la plaza reservada en las anteriores convocatorias específicas, según Resolución de la Subsecretaría de Sanidad y Consumo, salvo renuncia expresa a la misma

Plazas reservadas a Médicos en Medicina Familiar y Comunitaria ordenados por Comunidades Autónomas y unidades docentes

Número

de orden / Convocatoria / Apellidos y nombre / DNI / Unidad docente / Localidad

Comunidad Autónoma de Andalucía

96 / 02538 / Julia Flores, Juan José / 52.313.395X / U.D. de Cádiz, Zona Cádiz / Cádiz.

95 / 02209 / Arques Jiménez, Mario José / 31.849.203E / U.D. de Cádiz, Zona Campo Gibraltar. / Algeciras-La Línea.

96 / 01623 / Rosano Macías, José Antonio / 31.852.637Y / U.D. de Cádiz, Zona Campo Gibraltar. / Algeciras-La Línea. 96 / 01455 / Llamas Fuentes, Rafael / 30.790.403G / U.D. de Córdoba, Zona I-capital / Córdoba.

96 / 02515 / Torre Lozano, Eugenio José de la / 30.789.065T / U.D. de Córdoba, Zona I-capital / Córdoba.

96 / 01887 / Landauro Comesaña, Carlos / 30.799.975P / U.D. de Córdoba, Zona I-capital / Córdoba.

96 / 01542 / Mudarra Gaitán, Antonio / 30.789.842H / U.D. de Córdoba, Zona I-capital / Córdoba.

96 / 02704 / Sierra Ruiz, Manuel Santiago / 30.785.850M / U.D. de Córdoba, Zona I-capital / Córdoba.

96 / 02841 / Maestre Moreno, Manuel / 30.549.697Q / U.D. de Córdoba, Zona II-área Campiña. / Cabra.

96 / 01980 / Cabrera Sánchez, Emilio / 30.787.950N / U.D. de Córdoba, Zona II-área Valle / Pozoblanco.

96 / 02340 / Selles Galiana, Fernando / 52.775.857B / U.D. de Granada, Zona Sur I / Granada.

96 / 00924 / López Marín, Rafael Pablo / 24.268.817E / U.D. de Granada, Zona Sur II / Motril.

96 / 01222 / Requena Ramos, José María / 23.245.222L / U.D. de Granada, Zona Norte I / Granada.

96 / 01428 / García Bernabé, Cayetano / 74.193.901H / U.D. de Granada, Zona Norte I / Granada.

96 / 02117 / Maldonado Díaz, Ismael / 44.253.397V / U.D. de Granada, Zona Norte I / Granada.

96 / 01853 / López López, Francisco José / 78.031.102Z / U.D. de Granada, Zona Norte I / Granada.

96 / 01976 / Fernández Martín, Óscar / 44.257.208X / U.D. de Granada, Zona Norte I / Granada.

96 / 03241 / Palacio Millán, Salvador / 31.263.628G / U.D. de Granada, Zona Norte II / Baza.

96 / 01449 / Rioja Ulgar, Francisco Javier / 29.050.372S / U.D. de Huelva / Huelva.

96 / 03248 / Leal Helmling, Francisco Javier / 26.016.177A / U.D. de Jaén, Zona Úbeda / Úbeda.

96 / 03333 / Calderón Ramírez, Jaime / 29.100.268R / U.D. de Jaén, Zona Linares / Linares.

96 / 03310 / Ruiz de Villegas García Pelayo, Pablo / 30.795.758T / U.D. de Jaén, Zona Linares / Linares.

96 / 03360 / Casado Barranco, Jorge / 8.039.181Z / U.D. de Jaén, Zona Linares / Linares.

96 / 00923 / Valdés Anastasio, Manuel Jesús / 34.049.869W / U.D. de Málaga, Zona I / Málaga.

96 / 01316 / Cansino Osuna, Antonio Luis / 33.371.854G / U.D. de Málaga, Zona I / Málaga.

96 / 00855 / Martín Izquierdo, Javier Ignacio / 20.812.058W / U.D. de Málaga, Zona I / Málaga.

96 / 02504 / Florido Muñoz, Eduardo / 33.362.351T / U.D. de Málaga, Zona II / Málaga.

96 / 00651 / Torremocha Meléndez, Óscar Manuel. / 33.380.236Z / U.D. de Málaga, Zona Axarquia / Vélez-Málaga.

96 / 02710 / Granados Pérez, José Domingo / 52.691.754L / U.D. de Málaga, Zona Axarquia / Vélez-Málaga.

96 / 02638 / Lupión González, Juan J. / 23.796.958P / U.D. de Málaga, Zona Axarquia / Vélez-Málaga.

96 / 02968 / Pérez Núñez, Francisco Miguel / 27.384.684X / U.D. de Málaga, Zona Ronda-Marbella / Ronda-Marbella.

96 / 02961 / Soto Alfonso, Miguel Ángel / 3.452.281G / U.D. de Málaga, Zona Ronda-Marbella / Ronda-Marbella.

96 / 00915 / Lorenzo Espada, Francisco Manuel. / 34.077.656M / U.D. de Sevilla, Zona Vírgen Rocío / Sevilla.

96 / 01936 / Muñoz Montero, Antonio / 28.915.151B / U.D. de Sevilla, Zona Virgen Macarena . / Sevilla.

96 / 02020 / Reinoso y Santiago, Alfredo Antonio. / 27.309.437L / U.D. de Sevilla, Zona Virgen Macarena . / Sevilla.

Comunidad Autónoma de Aragón

96 / 02574 / Gallego Fuertes, José Manuel / 18.030.605P / U.D. de Huesca, Zona II / Huesca.

96 / 02766 / Morte Pérez, Alfredo / 18.977.275K / U.D. de Teruel / Teruel.

96 / 02005 / Sancho Pellicer, Antonio Manuel / 29.112.961K / U.D. de Teruel, Zona 2, Alcañiz / Teruel.

96 / 01027 / Palacio Palacio, Juan Carlos / 17.733.027G / U.D. de Zaragoza, Zona II / Zaragoza.

96 / 01232 / Grimal Aliacar, Fernando / 25.450.080M / U.D. de Zaragoza, Zona II / Zaragoza.

Comunidad Autónoma de Asturias

96 / 01510 / Torres Campa Santamarina, Miguel Albino / 9.403.025G / U.D. de Asturias, Zona I / Avilés.

96 / 00186 / Castro Delgado, Rafael / 11.429.283P / U.D. de Asturias, Zona I / Avilés.

96 / 01573 / Andrés Andrés, Alfonso / 9.406.518R / U.D. de Asturias, Zona II / Oviedo.

96 / 00070 / Rodil Díaz, Juan Antonio / 10.880.157F / U.D. de Asturias, Zona III / Gijón.

96 / 01053 / Vallina Pérez, José Luis / 10.872.722R / U.D. de Asturias, Zona III / Gijón.

96 / 03136 / Ugarte Ansótegui, Ander / 30.632.464Y / U.D. de Asturias, Zona IV / Mieres.

96 / 02942 / Campo Francisco, Bernardo / 41.498.969T / U.D. de Asturias, Zona IV / Mieres.

96 / 01146 / Pérez Guirado, Alejandro / 9.402.908W / U.D. de Asturias, Zona VI / Cangas de Narcea.

96 / 02879 / Pérez del Castillo, Daniel / 25.458.766C / U.D. de Asturias, Zona VII / Jarrio.

Comunidad Autónoma de Baleares

96 / 02765 / Madero Pérez, Arturo / 18.972.585T / U.D. de Baleares, Zona Mallorca / Palma de Mallorca.

Comunidad Autónoma de Canarias

96 / 03364 / Bonora López, Vicente Javier / 29.170.109Z / U.D. de Las Palmas / Las Palmas-Lanzarote.

96 / 03377 / Medina Cebrián, José Manuel / 7.013.430V / U.D. de Las Palmas / Las Palmas-Lanzarote.

96 / 03372 / Sanz Manzano, Rodrigo / 34.770.930J / U.D. de Las Palmas / Las Palmas-Lanzarote.

96 / 03022 / Suárez Hernández, Héctor / 42.866.213D / U.D. de Las Palmas / Las Palmas-Lanzarote.

96 / 03365 / Pozo Toscano, Andrés del / 28.910.797G / U.D. de Las Palmas / Las Palmas-Lanzarote.

96 / 01778 / Muñoz de la Vega, Rafael / 12.388.224X / U.D. de Tenerife, Zona I / Tenerife.

96 / 02661 / Alonso Manjarrés, Antonio / 25.457.351P / U.D. de Tenerife, Zona I / Tenerife.

96 / 03251 / González Herraiz, Ignacio / 29.109.724G / U.D. de Tenerife, Zona I / Tenerife.

96 / 02014 / Hernández Romero, Fabián / 43.367.153D / U.D. de Tenerife, Zona I / Tenerife.

96 / 03090 / Jiménez Blanco, Antonio Manuel / 28.595.658B / U.D. de Tenerife, Zona I / Tenerife.

96 / 03330 / Lombardo Ortega, Alfredo José / 26.018.005Z / U.D. de Tenerife, Zona II / La Laguna.

Comunidad Autónoma de Cantabria

96 / 01479 / Alexandre Ayuso, Alfredo / 8.942.644Z / U.D. de Cantabria, Zona I / Santander.

96 / 01814 / Mora Sáez, Eduardo / 13.789.105F / U.D. de Cantabria, Zona I / Santander.

96 / 01040 / García Secadas, Luis Alberto / 20.188.383H / U.D. de Cantabria, Zona I / Santander.

96 / 01840 / Cubián González, Ignacio / 13.788.964G / U.D. de Cantabria, Zona I / Santander.

96 / 02553 / De Pascual del Valle, Balbino / 8.995.363V / U.D. de Cantabria, Zona II / Laredo.

96 / 02511 / Villaumbrales Martínez, Carlos José. / 3.858.925P / U.D. de Cantabria, Zona II / Laredo.

96 / 01426 / Saiz Gómez, Ezequiel / 13.930.599M / U.D. de Cantabria, Zona III / Torrelavega.

Comunidad Autónoma

de Castilla-La Mancha

96 / 02847 / Morales Ruiz, Rafael / 70.045.264Y / U.D. de Albacete, Zona Albacete / Albacete.

96 / 03172 / Bona García, Jaime / 25.450.549Z / U.D. de Cuenca / Cuenca.

96 / 02805 / Herranz Arimany, Alberto / 836.737C / U.D. de Cuenca / Cuenca.

96 / 03032 / Villamor Sánchez, Carlos Luis / 50.843.987A / U.D. de Cuenca / Cuenca.

96 / 00479 / Piedra Castro, Raúl / 7.514.488C / U.D. de Guadalajara / Guadalajara.

96 / 01911 / Soto García, Manuel / 3.842.529B / U.D. de Toledo, Zona I / Toledo.

96 / 00273 / López Díaz, Jesús / 3.858.927X / U.D. de Toledo, Zona I / Toledo.

96 / 02644 / Madrid Acedos, Alberto / 833.592A / U.D. de Toledo, Zona II / Talavera de la Reina.

Comunidad Autónoma

de Castilla y León

95 / 02283 / Vidal Ramón, Xavier / 13.143.364Z / U.D. de Burgos / Burgos.

96 / 02984 / Fuertes García, Fernando Julián / 22.741.430L / U.D. de Burgos / Burgos.

96 / 02478 / Martínez Ramos, Esteban / 45.421.807G / U.D. de León, Zona I / León.

96 / 02896 / Ferreiro Iglesias, Carlos David / 76.412.062J / U.D. de León, Zona I / León.

96 / 03061 / Rodríguez Arroyo, Luis Alberto / 29.030.957N / U.D. de León, Zona II / Ponferrada.

96 / 02754 / Gil Mateo, Jesús Ángel / 16.803.970D / U.D. de Palencia / Palencia.

96 / 02755 / García García, Andrés / 9.319.029G / U.D. de Palencia / Palencia.

96 / 02685 / Martínez Santiago, José Manuel / 13.930727H / U.D. de Palencia / Palencia.

96 / 02726 / Del Río Díez, Mario César / 12.745.047B / U.D. de Palencia / Palencia.

96 / 02046 / Vicente Gutiérrez, Ignacio / 7.962.787A / U.D. de Salamanca / Salamanca.

96 / 01968 / Diego Robledo, Francisco Javier / 7.964.799Z / U.D. de Salamanca / Salamanca.

96 / 00892 / Matilla García, Arturo / 70.978.707V / U.D. de Salamanca / Salamanca.

96 / 00385 / Calvo Cebrián, Antonio / 3.458.646K / U.D. de Segovia / Segovia.

96 / 02233 / Gómez Moreno, Rafael / 2.235.040S / U.D. de Segovia / Segovia.

96 / 02651 / Hernández Roscales, Javier / 13.141.116C / U.D. de Valladolid, Zona Este / Valladolid.

96 / 02546 / García Sánchez, José Antonio / 2.235.315Z / U.D. de Valladolid, Zona Este / Valladolid.

96 / 01909 / Lamarca Pinto, Eduardo / 9.320.348N / U.D. de Valladolid, Zona Medina del C. / Medina del Campo.

96 / 01291 / Álvarez Hurtado, Ángel Aurelio / 9.318.287K / U.D. de Valladolid, Zona Este / Valladolid.

Comunidad Autónoma de Cataluña

95 / 01502 / Lancho Lancho, Santiago / 72.530.867E / U.D. de Barcelona, Ciutat ICS / Barcelona.

96 / 01439 / Ortega Bonet, Ramón / 38.097.847A / U.D. de Barcelona, Ciutat ICS / Barcelona.

96 / 00706 / Domínguez González, José Manuel / 35.113.056Z / U.D. de Barcelona, Ciutat ICS / Barcelona.

96 / 00375 / Gómez Latre, Mauricio Dámaso / 46.345.993G / U.D. de Barcelona, Ciutat ICS / Barcelona.

96 / 00937 / Espino Rodríguez, Francisco Javier / 11.973.772H / U.D. de Barcelona, Ciutat ICS / Barcelona.

96 / 00881 / Menacho Pascual, Ignacio / 43.692.592K / U.D. de Barcelona, Ciutat ICS / Barcelona.

96 / 00903 / Vilaseca Llobet, Josep María / 90.001.948G / U.D. de Barcelona, Ciutat ICS / Barcelona.

96 / 02026 / Blanco Martínez, Jorge / 43.426.875T / U.D. de Barcelona, Nord-Maresme ICS / Badalona.

96 / 02282 / Olivares Correas, José Ignacio / 46.646.878A / U.D. de Barcelona, Centre ICS / Terrasa-Vic-Sabadell.

96 / 01994 / Solans Fernández, Óscar / 33.969.767D / U.D. de Barcelona, Centre ICS / Terrasa-Vic-Sabadell.

96 / 02356 / Cartaña Bonvehi, Joan Evangelista / 46.136.114T / U.D. de Barcelona, Centre ICS / Terrasa-Vic-Sabadell.

96 / 02165 / Ogando García, Javier / 46.656.169W / U.D. de Barcelona, Costa Ponent ICS / Hospitalet-Viladecan.

96 / 01270 / Reviriego Chucos, Jordi / 38.461.570G / U.D. de Barcelona, Costa Ponent ICS / Hospitalet-Viladecan.

96 / 00281 / Albesa Blasco, José Manuel / 38.459.132G / U.D. de Barcelona, Costa Ponent ICS / Hospitalet-Viladecan.

96 / 02321 / Gost Rosquellas, Jordi / 37.333.013B / U.D. de Barcelona, U. D. Consorci Sanita / Mataró.

96 / 01047 / Avilés Fernández, Francisco Ja vier / 35.110.748Y / U.D. de Barcelona U. D. Consorci Sa nita / Terrassa.

96 / 01769 / Martínez Lafuente, Jesús Ángel / 46.626.917Y / U.D. de Barcelona, U. D. Consorci Sa nita / Terrassa

96 / 00077 / Luque González, José Francisco / 52.398.867Z / U.D. de Barcelona, U. D. Badalona / Badalona.

96 / 02000 / Mur Garces, Ramón / 43.715.550W / U.D. Prov. Lleida, U. D. Lleida ICS / Lleida.

96 / 01115 / García Vidal, David / 39.876.924F / U.D. de Fundacio S. Pau i Sta. Tecla / Tarragona.

Comunidad Autónoma

de Extremadura

96 / 02440 / Encinas Nogués, Juan de Dios / 8.835.019Y / U.D. de Badajoz, Zona I / Badajoz.

96 / 03156 / Pérez Asensio, Raúl / 34.046.109Z / U.D. de Badajoz, Zona II / Mérida.

Comunidad Autónoma de Galicia

96 / 01447 / Iglesias Pin, Manuel / 45.428.337W / U.D. de La Coruña, Zona La Coruña / La Coruña.

96 / 02370 / Castellano Canda, Pedro / 35.314.160Y / U.D. de Pontevedra / Pontevedra.

96 / 01732 / Casal Sánchez, Antonio Justo / 52.494.783C / U.D. de Pontevedra / Pontevedra.

Comunidad Autónoma de Madrid

96 / 01772 / Iglesias Guisado, Francisco Vicen te / 8.942.201P / U.D. de Madrid, Zona I / Madrid.

96 / 01828 / Fernández Serrano, Fernando / 8.949.931X / U.D. de Madrid, Zona I / Madrid.

96 / 00948 / Ferrández Infante, Antonio / 2.633.204A / U.D. de Madrid, Zona II / Madrid.

96 / 01487 / González Torres, Juan Antonio / 2.530.770B / U.D. de Madrid, Zona II / Madrid.

96 / 02098 / Bravo Olalla, Antonio Tomás / 835.761X / U.D. de Madrid, Zona III / Alcalá de Henares.

96 / 00667 / Roiz Fernández, Juan Carlos / 9.440.326E / U.D. de Madrid, Zona V / Madrid.

96 / 00504 / Burgos Saco, Ángel Luis / 50.309.801S / U.D. de Madrid, Zona V / Madrid.

96 / 00032 / Villa Poza, José Carlos / 50.181.128G / U.D. de Madrid, Zona VI / Madrid.

96 / 00005 / Luna Méndez, Rafael / 8.037.999M / U.D. de Madrid, Zona VI / Madrid.

96 / 01401 / Justel Pérez, Juan Pedro / 12.382.698G / U.D. de Madrid, Zona VII / Madrid.

95 / 01650 / Muñoz Perdiguero, Francisco Ja vier / 50.173.969K / U.D. de Madrid, Zona IX / Leganés.

96 / 01133 / Medina Cuenca, Pedro / 2.240.752T / U.D. de Madrid, Zona X / Getafe.

96 / 00201 / Ramirez de Molina, Víctor Javier / 50.847.163M / U.D. de Madrid, Zona X / Getafe.

Comunidad Autónoma de Murcia

96 / 02499 / Hernández Benítez, Francisco / 22.985.017J / U.D. de Murcia, Zona I / Murcia.

96 / 02826 / Birlanga Lorente, Antonio José / 29.040.766T / U.D. de Murcia, Zona I / Murcia.

96 / 02785 / Martínez Balaguer, Justo / 18.972.103R / U.D. de Murcia, Zona III / Murcia.

96 / 01905 / Benedicto Sánchez, José Ramón / 22.984.535Z / U.D. de Murcia, Zona II / Cartagena.

96 / 01684 / Saura Grau, Salvador / 22.988.638T / U.D. de Murcia, Zona II / Cartagena.

96 / 03266 / Ramos Rodríguez, Manuel / 8.849.111E / U.D. de Murcia, Zona II / Cartagena.

96 / 03361 / Sedes Romero, José Francisco / 35.308.925S / U.D. de Murcia, Zona II / Cartagena.

96 / 03278 / Moliner Domenech, Manuel José / 24.352.396L / U.D. de Murcia, Zona III / Santiago de la Rivera.

Comunidad Autónoma

del País Vasco

96 / 02498 / Manrique Astiz, Eduardo / 33.420.661M / U.D. de Guipúzcoa, Zona I / Donostia-S. Sebastián.

96 / 03100 / Azcárate Zubiaur, Jon / 16.295.383K / U.D. de Álava, Zona III (Prov. Gui puz.) / Arrasate-Mondragón.

96 / 03012 / Larrea Azkorra, Lander / 16.049.231S / U.D. de Álava, Zona III (Prov. Gui puz.) / Arrasate-Mondragón.

96 / 02699 / Villadangos Alonso, Gonzalo / 9.777.119A / U.D. de Vizcaya, Zona I / Baracaldo.

96 / 00818 / Moreno Basarrate, Germán An drés / 20.173.092E / U.D. de Vizcaya, Zona I / Baracaldo.

96 / 02763 / Gutiérrez Landáburu, Ignacio / 16.049.199Y / U.D. de Vizcaya, Zona I / Baracaldo.

96 / 02048 / Ibarreche Marcos, José Ramón / 29.030.464W / U.D. de Vizcaya, Zona II / Galdacao.

Comunidad Autónoma Valenciana

96 / 02813 / Masiá Perpiñá, Óscar Rafael / 22.561.970M / U.D. de Alicante, Área 14 / Alcoy.

96 / 02483 / Munera Escolano, Ramón Emilio / 21.494.580E / U.D. de Alicante, Área 17 / Elda.

96 / 02452 / Pérez Trullas, Rafael / 21.656.045G / U.D. de Alicante, Área 16 / Alicante.

96 / 02034 / Barreras Mateos, Juan Carlos / 8.109.888L / U.D. de Alicante, Área 19 / Elche.

96 / 01319 / Muñoz Ballester, Pascual / 28.995.349P / U.D. de Alicante, Área 12 / Jávea.

96 / 01641 / Fenollosa Adam, Fernando / 52.685.319R / U.D. de Alicante, Área 12 / Jávea,

96 / 03050 / Castillo Montesinos, José Manuel / 29.170.386S / U.D. de Castellón, Área 1 / Castellón.

96 / 01774 / Salvatierra Martín, Juan Manuel / 50.092.006F / U.D. de Castellón, Área 2 / Castellón.

96 / 02287 / Martín Vallejo, Miguel Ángel / 29.180.513E / U.D. de Castellón, Área 2 / Castellón.

96 / 02670 / Gómez Gálvez, Cayetano Joaquín / 22.698.780B / U.D. de Castellón, Área 2 / Castellón.

96 / 01398 / García Prieto, Mariano / 7.957.434D / U.D. de Castellón, Área 2 / Castellón.

96 / 01177 / Martí Acemel, César / 18.971.114R / U.D. de Castellón, Área 2 / Castellón.

96 / 01602 / Sacristán Bosch, Rafael / 73.771.654M / U.D. de Valencia, Área 3 / Sagunto.

96 / 01126 / Llopis Vicent, Javier / 52.796.781M / U.D. de Valencia, Área 3 / Sagunto. 96 / 01301 / Rausell Vázquez, David / 25.409.296T / U.D. de Valencia, Área 4 / Valencia.

96 / 01284 / Tormos Muñoz, José María / 52.682.887F / U.D. de Valencia, Área 4 / Valencia.

96 / 01003 / Malet Engra, Jaime / 52.707.727F / U.D. de Valencia, Área 5 / Valencia.

96 / 02073 / Torres García, Jaime / 25.414.586T / U.D. de Valencia, Área 7 / Requena.

ANEXO III

Baremo aplicable a la evaluación de los méritos académicos de los participantes en las pruebas selectivas, aprobado por Orden de 27 de junio de 1989 por la que se establecen las normas reguladoras de las pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada

Los méritos serán evaluados únicamente según la calificación oficial incluida en la certificación académica personal. En ningún caso se admitirán, a estos efectos, papeletas de examen, ni cualesquiera otros documentos que no constituyan la correspondiente certificación académica personal.

I. Estudios de Licenciatura:

Cada matrícula de honor: 4 puntos.

Cada sobresaliente (no se puntuará si se obtiene en la asignatura matrícula de honor): 3 puntos.

Cada notable: 2 puntos.

Cada aprobado: 1 punto.

El total de puntos resultante se dividirá por el número de asignaturas evaluadas, expresando el cociente con los dos primeros decimales obtenidos, despreciándose el resto.

Las calificaciones correspondientes a Religión, Formación Política, Educación Física e Idiomas, así como las asignaturas que hayan sido objeto de convalidación oficial, no se evaluarán ni por ello estarán comprendidas en el divisor.

II. Estudios de Doctorado:

Por la realización completa de todos los cursos de Doctorado de acuerdo con el sistema vigente con anterioridad al Real Decreto 185/1985, de 23 de enero: 1 punto.

Por la realización del programa de Doctorado completo (créditos y reconocimiento de suficiencia investigadora) de acuerdo con el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero: 1 punto.

(En la certificación académica personal deberá hacerse constar que el interesado ha completado totalmente estos estudios.)

III. Grado de Doctor:

Por la calificación obtenida en la tesis doctoral (una de las siguientes puntuaciones):

Apto «Cum Laude»: 2 puntos.

Apto, Sobresaliente, Notable, Aprobado: 1 punto.

ANEXO V

Servicios Centrales y Perifericos del Ministerio de Sanidad

y Consumo

Servicios Centrales del Ministerio de Sanidad y Consumo: Paseo del Prado, 18 y 20, 28071 Madrid.

Andalucía

Almería: Estación Marítima del Puerto. 04071 Almería.

Cádiz: Ciudad de Vigo, sin número, Sanidad Exterior. 11071 Cádiz.

Córdoba: Plaza de la Constitución, 1, G. Civil. 14071 Córdoba.

Granada: Gran Vía, 50. 18071 Granada.

Huelva: Sanlúcar de Barrameda, 7. 21001 Huelva.

Jaén: Plaza de las Batallas, sin número. 23071 Jaén.

Málaga: Paseo Marítimo Pablo Ruiz Picasso, 43. 29071 Málaga.

Sevilla: Avenida de la Raza, 2. 41012 Sevilla.

Aragón

Huesca: Plaza Cervantes, 1. 22071 Huesca.

Teruel: Plaza de San Juan, 4, G. Civil. 44071 Teruel.

Zaragoza: Paseo María Agustín, 16, planta 3.a 50071 Zaragoza.

Asturias

Asturias: Argüelles, 8, 5.o izquierda. 33003 Oviedo.

Baleares

Mallorca: Muelle Viejo, 7. 07071 Palma de Mallorca.

Canarias

Las Palmas: Vía Acceso al Cebadal, sin número, Sanidad Exterior. 35071 Puerto de la Luz, Las Palmas.

Tenerife: Unidad Administrativa del Ministerio de Sanidad y Consumo. Rambla General Franco, 169. 38071 Santa Cruz de Tenerife.

Cantabria

Cantabria: Marqués de la Hermida, 8. 39009 Santander.

Castilla-La Mancha

Albacete: Plaza Benjamín Palencia, 1, entreplanta. 02002 Albacete.

Ciudad Real: Postas, 20. 13001 Ciudad Real.

Cuenca: General Fanjul, 3-5. 16071 Cuenca.

Guadalajara: Ferial, 31, edificio INSALUD, planta 2.a 19071 Guadalajara.

Toledo: Alicante, sin número. 45005 Toledo.

Castilla y León

Ávila: Avenida Dieciocho de Julio, 1, G. Civil. 05071 Ávila.

Burgos: Avenida Reyes Católicos, 16. 09005 Burgos.

León: Avenida Independencia, 18. 24003 León.

Palencia: Martín Calleja, 15, 1.a planta. 34071 Palencia.

Salamanca: Avenida de Mirat, 28-32. 37005 Salamanca.

Segovia: Conde Sepúlveda, 1. 40002 Segovia.

Soria: Paseo del Espolón, 2, planta 5. 42071 Soria.

Valladolid: Avenida José Luis Arrese, sin número, 5.a planta. 47014 Valladolid.

Zamora: Avenida Príncipe de Asturias, 47-49. 49071 Zamora.

Cataluña

Barcelona: Vergara, 12. 08002 Barcelona.

Girona: Avenida Jaime I, 17, planta baja, G. Civil. 17071 Girona.

Lleida: Plaza de la Paz, 1, Gob. Civil, 25071 Lleida.

Tarragona: Muelle de Levante, Sanidad Exterior. 43004 Tarragona.

Ceuta

Ceuta: Carretera de San Amaro, 12. 11701 Ceuta.

Extremadura

Badajoz: Avenida de Huelva, 8, edificio INSALUD. 06071 Badajoz.

Cáceres: San Pedro de Alcántara, 3, planta baja. 10001 Cáceres.

Galicia

La Coruña: Durán Lóriga, 3, 5.a planta. 15003 La Coruña.

Lugo: Armanya, 10. 27071 Lugo.

Orense: Parque de San Lázaro, 1. 32071 Orense.

Pontevedra: Alameda, sin número. 36071 Pontevedra.

Madrid

Madrid: Francisco Silvela, 57, 1.a planta. 28071 Madrid.

Melilla

Melilla: Plaza Primero de Mayo, sin número, 2.a planta D. 52003 Melilla.

Murcia

Murcia: Andrés Vaquero, 12, 2.o izquierda. 30001 Murcia.

Navarra

Navarra: Cortes de Navarra, 5, 1.o izquierda. 31002 Pamplona.

País Vasco

Álava: Santiago, 11. 01002 Vitoria.

Guipúzcoa: Idiáquez, 6, planta 4.a 20004 San Sebastián.

Vizcaya: Gran Vía, 62, P. Central, 1.o izquierda. 48071 Bilbao.

La Rioja

La Rioja: Gran Vía, 26-8, entreplanta. 26002 Logroño.

Valencia

Alicante: Muelle de Poniente, sin número. 03001 Alicante.

Castellón: Muelle Serrano Lloberes, sin número, P. Grao. 12100 Grao-Castellón.

Valencia: Muelle Aduana, sin número. 46071 Valencia.

ANEXO VI

Universidad de Facultad de

Certificación académica personal

Don

(Secretario de dicha Facultad)

CERTIFICO: Que don/doña, natural de, provincia de, documento nacional de identidad número ha solicitado,

con fecha, una certificación de calificaciones obtenidas en el Plan de Estudios de, que consta de asignaturas obligatorias, en las que no se incluye Religión, Formación Política, Educación Física e Idiomas.

Licenciatura / Número de asignaturas en el que han obtenido

las calificaciones siguientes / Observaciones

Matrículas de Honor / /

Sobresalientes / /

Notables / /

Aprobados / /

Fecha fin de carrera / /

Fecha abono de título / /

Fecha expedición de título / /

Doctorado:

Sistema anterior al Real Decreto 185/1985, de 23 de enero:

Número de cursos preceptivos Cursos realizados

Convocatoria y curso académico en que finalizó

Programa de Doctorado conforme al Real Decreto 185/1985, de 23 de enero:

Fecha en que obtuvo el reconocimiento de la suficiencia investigadora:

Grado de Doctor: Calificación: Fecha:

Y para que conste, y a instancia del interesado, expido la presente, de orden y con visto bueno del ilustrísimo señor Decano de esta Facultad y el sello de la misma, en a de de 19

Visto bueno: El Decano,

El Secretario,

El Jefe de la Secretaría,

Universidad de

Certificación académica personal

Don, como

(Autoridad académica competente)

CERTIFICO: Que según resulta de los archivos correspondientes, don/doña, natural de, provincia de, documento nacional de identidad número, licenciado/a en, ha realizado, conforme las prescripciones del Real Decreto 185/1985, de 23 de enero, el programa de Doctorado en, completo y ha obtenido el reconocimiento de suficiencia investigadora con fecha

Asimismo ha obtenido el grado de Doctor con fecha, tras la lectura de la tesis doctoral que fue calificada con

Y para que conste, y a instancia del interesado, expido la presente, de orden y con visto bueno de, en a de de 19

El,

El funcionario encargado,

ANEXO VIII

Calendario de las pruebas selectivas 1997

Convocatoria específica en Medicina Familiar y Comunitaria

Plazo de presentación de instancias: Del día 1 al 11 de agosto de 1997.

Exhibición de las relaciones provisionales de admitidos: A partir del día 29 de agosto de 1997.

Exhibición de las relaciones definitivas de admitidos: A partir del día 26 de septiembre de 1997.

Fecha del ejercicio: Sábado 4 de octubre de 1997.

Exhibición de las plantillas de respuestas correctas: A partir del día 10 de octubre de 1997.

Plazo para reclamaciones a las plantillas de respuestas correctas: Del día 13 al 15 de octubre de 1997.

Reunión de las Comisiones calificadoras para resolver las reclamaciones presentadas: Día 23 de octubre de 1997, a las nueve treinta horas.

Exhibición de las relaciones provisionales de resultados: A partir del día 30 de octubre de 1997.

Exhibición de las relaciones definitivas de resultados: A partir del día 18 de noviembre de 1997.

Actos de asignación de plazas: A partir del día 22 de noviembre de 1997, conforme al calendario que aprobará la Subsecretaría de Sanidad y Consumo.

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