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Documento BOE-A-1997-17372

Resolución de 4 de julio de 1997, de la Dirección General de Enseñanza Superior, por la que se conceden becas de formación y perfeccionamiento de personal investigador en el extranjero.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 31 de julio de 1997, páginas 23565 a 23565 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-17372

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución del Secretario de Estado de Universidades e Investigación y Desarrollo, Presidencia de la Comisión Permanente de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología de 3 de octubre de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre) se convocaron becas en el marco del Programa Nacional de Formación de Personal Investigador del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico y en el Programa Sectorial de Formación de Profesorado y Personal Investigador en España y en el extranjero.

Dicha resolución delega en la Dirección General de Enseñanza Superior la resolución y gestión de las becas convocadas; por ellos, y en uso de las mencionadas atribuciones, he resuelto:

Primero.-Conceder las becas del Subprograma de Formación de Profesorado Universitario en el Extranjero que se relacionan en el anexo.

Segundo.-Las dotaciones que percibirán los beneficiarios se ajustarán a lo dispuesto en la Resolución de 20 de marzo de 1997 de la dirección General de Enseñanza Superior por la que se actualizan las dotaciones de las becas de formación y perfeccionamiento en el extranjero.

En el supuesto de que, durante el desarrollo de la beca, se autorice a alguno de los beneficiarios el cambio definitivo de centro de investigación para él continuar con su labor científica y ello implique un cambio en el país de destino, percibirá las dotaciones correspondientes a nuevo país, de acuerdo con las cantidades fijadas en la mencionada Resolución de 20 de marzo de 1997.

Tercero.-La fecha de finalización de todas las becas concedidas será, sin perjuicio de las posibles renovaciones ulteriores, el 31 de diciembre de 1998.

Cuarto.-Los beneficiarios de las becas concedidas quedan sujetos a las obligaciones, requisitos y condiciones indicados en las normas que rigen los diversos subprogramas de éstas y que se indican en la resolución de las respectivas convocatorias.

Quinto.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación que establece el artículo 58.1 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, previa comunicación a que se refiere el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según dispone la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en su artículo 57.2.f).

Madrid, 4 de julio de 1997.-El Director general, Alfonso Fernández Miranda Campoamor.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Formación y Promoción del Conocimiento.

ANEXO

Subprograma de Formación de Profesorado Universitario

Concesiones

Don Baltasar Beferull Lozano. 1 de septiembre de 1997. Estados Unidos.

Don Luis Chacón de la Rosa. 1 de septiembre de 1997. Estados Unidos.

Don Gustavo Alberto García Vivas. 1 de septiembre de 1997. Estados Unidos.

Doña María Gutiérrez Rodríguez. 1 de agosto de 1997. Alemania.

Doña Raquel Martí Lezana. 1 de septiembre de 1997. Estados Unidos.

Don Mario Martínez Pérez. 1 de agosto de 1997. Alemania.

Don Carlos Oya Gómez. 1 de septiembre de 1997. Reino Unido.

Don Emilio Padilla Rosa. 1 de octubre de 1997. Reino Unido.

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