El Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en su reunión del día 29 de julio de 1997, adoptó el siguiente acuerdo:
Verificar, al amparo de lo dispuesto en la letra b) del número 3 del artículo 17 del Reglamento de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por Real Decreto 1393/1990, de 2 de noviembre, que en el Mercado Nasdaq Stock Market de los Estados Unidos de América concurren los requisitos de mercado organizado de funcionamiento regular, reconocido y abierto al público, a efectos que las Sociedad de inversión Mobiliaria (S.I.M. y S.I.M.C.A.V.) y los Fondos de Inversión (F.I.M. y F.I.A.M.M.) puedan invertir, dentro del porcentaje señalado en el número 1 del artículo 17 del Reglamento de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva, en valores admitidos a negociación en dicho mercado.
Madrid, 29 de julio de 1997.-El Secretario del Consejo, Antonio Jesús Alonso Ureba.
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