En el recurso contencioso-administrativo número 360/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Johnson and Son Inc. contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 23 de septiembre de 1994, se ha dictado, con fecha 2 de abril de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso interpuesto por el Procurador señor Rodríguez Montaut, en representación de la entidad Johnson and Son, Incorporation, contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 23 de septiembre de 1994, que en reposición otorgó la marca número 1.607.244 "Retoke" para la clase 3.a del Nomenclátor Internacional de Productos y Servicios, debemos declarar y declaramos la nulidad de esta Resolución y, en consecuencia, la de la concesión de la citada marca impugnada número 1.607.244 "Retoke". No se hace expresa condena en costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de julio de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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