En el recurso contencioso-administrativo número 1.347/1994, referente al expediente de marca número 1.512.634/X, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «C and A Brenninkmeyer», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de febrero de 1992 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 9 de febrero de 1994, se ha dictado, con fecha 8 de marzo de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "C and A Brenninkmeyer" contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 9 de febrero de 1994, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo de 20 de febrero de 1992 que concedió el acceso al Registro de la marca "Línea Calda" (gráfico), por ser tales actos conformes a Derecho, sin hacer declaración sobre costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de julio de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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