De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla, en sus propios términos estimatorios, la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Tercera) en el recurso número 3/316673, interpuesto por don Anselmo Pedreguera Barategui, sobre asistencia marítima.
Madrid, 14 de julio de 1997.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Almirante Presidente del Tribunal Marítimo Central. Cuartel General de la Armada.
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