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Documento BOE-A-1997-18366

Orden de 1 de agosto de 1997 por la que se modifica la de 3 de julio, por la que se convocan 15 becas de formación como personal de apoyo a la investigación, en el Instituto Español de Oceanografía.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 1997, páginas 25060 a 25060 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1997-18366

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la Orden de 3 de julio de 1997 por la que se convocan 15 becas de formación como personal de apoyo a

la investigación, en el Instituto Español de Oceanografía, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 169, de fecha 16 de julio de 1997, es procedente realizar las modificaciones oportunas.

En su virtud, dispongo:

Artículo primero.

La Orden de 3 de julio de 1997 por la que se convocan 15 becas de formación como personal de apoyo a la investigación, en el Instituto Español de Oceanografía, queda modificada en los siguientes términos:

El artículo 4 queda redactado como sigue:

«Los planes de formación se realizarán en los centros oceanográficos que se relacionan en el anexo I de la presente Orden.

El Director del Instituto Español de Oceanografía designará, por cada una de las especialidades convocadas, un investigador como tutor del becario.»

El párrafo primero del apartado 1 del artículo 8 queda redactado de la siguiente manera:

«1. La dotación económica de las becas reguladas en la presente Orden será de 70.000 pesetas íntegras mensuales, que serán abonadas a los respectivos beneficiarios por meses vencidos, estando sometidas las retenciones establecidas en el Real Decreto 2539/1994, de 29 de diciembre.»

En el artículo 10, donde dice: «d)», debe decir: «c)».

En el modelo de solicitud del anexo II, donde dice: «Título de formación elegido», debe decir: «Tema de formación elegido».

Artículo segundo.

Se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes, de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente a la entrada en vigor de la presente Orden.

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de agosto de 1997.

DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI

Ilmos. Sres. Secretario general de Pesca Marítima y Director del Instituto Español de Oceanografía.

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