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Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, el recurso número 1.686/1994, interpuesto por el Letrado don Joaquín González Fernández de Villavicencio, en nombre y representación de don Miguel Ángel Corzo Centeno, doña María Inmaculada López Pacheco, don José Manuel Senra Biedma, don Juan Antonio Carmona Guerrero y don Jesús Marín Daza, contra Resolución de 9 de mayo de 1994, del entonces Director general de Administración Penitenciaria, desestimatoria de su petición de indemnización en concepto de productividad por guardias médicas solicitando sean retribuidas como horas extraordinarias, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, ha dictado sentencia de 11 de abril de 1997, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Con desestimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto por los expresados actores contra la referida resolución de la Dirección General de Administración Penitenciaria, debemos confirmarla y la confirmamos dada su adecuación al orden jurídico. No ha lugar a pronunciamiento sobre las costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 29 de julio de 1997.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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