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Documento BOE-A-1997-18543

Resolución de 8 de julio de 1997, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, por la que se concede la aprobación de modelo de un contador de energía eléctrica, marca «Schlumberger», modelo E2Y4, fabricado por la entidad «Schlumberger Industries, Sociedad Anónima», inscrita en el Registro de Control Metrológico con el número 02E03.

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 19 de agosto de 1997, páginas 25309 a 25309 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1997-18543

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la entidad «Schlumberger Industries, Sociedad Anónima», domiciliada en Montornès del Vallès (Barcelona), calle Vial Norte, número 5, solicitando la aprobación de modelo de un contador de energía eléctrica.

Visto el certificado de ensayos emitido por el Centro Español de Metrología, con referencia CEM-CY-97/033-3.4.

Según lo dispuesto en la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología; en el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, que regula la aprobación de modelo y la verificación primitiva; en el Real Decreto 875/1984, de 28 de marzo, sobre aprobación de contadores eléctricos, y en el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico,

Esta Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial ha resuelto:

Primero.-Conceder aprobación de modelo a favor de la entidad «Schlumberger Industries, Sociedad Anónima», con Registro de Control Metrológico 02-E03, a la familia de contadores de energía eléctrica, modelo E2Y4, marca «Schlumberger», cuyas características esenciales son las siguientes:

Contador de inducción para la medida de energía eléctrica activa, trifásico a cuatro hilos, clase de precisión 2 en conexión directa, versiones: Simple tarifa ST, doble tarifa DT y triple tarifa TT, todas ellas con un 400 por 100 de sobrecargabilidad. Tensiones nominales 3 x 127/220V, 3 x 220/380V, 3 x 230/400V e intensidades 10(40)A, 15(60)A y 20(80)A.

Podrá incorporar maxímetro electromecánico, versiones M3 y EM3, emisor de impulsos óptico y dispositivo indicador de fallo de fases.

Segundo.-El plazo de validez de esta aprobación de modelo será de 8 de julio de 1997 a 8 de julio del año 2007.

Tercero.-El signo de aprobación de modelo asignado será:

02.03

97.10

Cuarto.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución llevarán las siguientes inscripciones de identificación:

Nombre y anagrama del fabricante.

Designación del modelo básico E2Y4 y sus variantes ST, DT, TT, etc.

Signo de aprobación de modelo.

Número del aparato y año de fabricación.

Indicación del número y disposición de los elementos motores.

Tensión de referencia.

Intensidad base y máxima.

Frecuencia: 50 Hz.

Constante del contador.

Unidad de medida del integrador: kWh.

Con carácter optativo podrán incorporarse los símbolos de contador trifásico, doble zafiro, dispositivo antiretroceso, doble aislamiento y código de barras.

Quinto.-Para garantizar un correcto funcionamiento de los instrumentos de medida, se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en la memoria y planos que sirvieron de base para su estudio por la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial.

Sexto.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir los condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.

Séptimo.-Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad titular de esta aprobación podrá solicitar su prórroga a la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial.

Barcelona, 8 de julio de 1997.-El Director general.-P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre de 1996), el Jefe del Servicio de Automóviles y Productos Industriales, Joan Pau Clar Guevara.

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