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Documento BOE-A-1997-18584

Resolución de 29 de julio de 1997, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, dictada en el recurso número 2/721/1994, interpuesto por don Demetrio Susin Barra y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 199, de 20 de agosto de 1997, páginas 25370 a 25370 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1997-18584

TEXTO ORIGINAL

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, el recurso número 2/721/1994, interpuesto por don Demetrio Susin Barra, doña María Dolores Mengod Villar y doña Desamparados Torres Vicente, contra Resoluciones de 16 de diciembre de 1993, del entonces Director general de Administración Penitenciaria, dictadas por delegación de la Subsecretaría de Justicia, desestimatorias de su solicitud de indemnizaciones debido al cierre del establecimiento penitenciario de Valencia, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, ha dictado sentencia de 10 de febrero de 1997, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Primero.-Desestimamos el recurso interpuesto por don Demetrio Susin Barra, doña María Dolores Mengod Villar y doña María de los Desamparados Torres Vicente, contra Resoluciones del Director general de Administración Penitenciaria de 16 de diciembre de 1993, desestimatorias de las solicitudes formuladas en reclamación de determinadas indemnizaciones en relación con el traslado de puestos de trabajo del Centro Penitenciario de Valencia al Centro Penitenciario de Picassent.

Segundo.-No efectuar expresa imposición de costas.»

En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla, en sus propios términos, la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 29 de julio de 1997.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.

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