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Documento BOE-A-1997-18772

Orden de 7 de agosto de 1997 por la que se da publicidad al Acuerdo de Consejo de Ministros del 1 en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en fecha 24 de marzo de 1997 por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo número 1/450/93, interpuesto por don Juan Antonio Campora Gamarra y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 22 de agosto de 1997, páginas 25532 a 25532 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1997-18772

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/450/93, interpuesto por la representación legal de don Juan Antonio Campora Gamarra, don Francisco Pimentel Rosado, don Manuel Toribio Lemes, don Agustín Murillo Cerrato, don Joaquín Rodríguez Reguera, don Simón Martínez Fons, don Enrique Barrero González, don David Sánchez Domínguez, don Jesús Chávez Calvo, don Fermín Vigil Núñez, don Manuel Sevilla Hurtado, doña Francisca Sánchez López, doña María Isabel Real Reina, don Antonio Jesús Morillo-Velarde Gallego, doña Josefa León Navarro, doña Ángeles Ríos Capillas, doña María Ángeles Silva Rivas, doña Magdalena Vilches Cisneros, doña María del Carmen Vega Leal, doña Ana María Cabezuelo Conejo, don Guillermo Alonso Domínguez, doña María Teresa Segovia Prado, doña María Luisa Núñez González, don Miguel Francisco Tamayo Monedero, don Alfonso García Morís y don Alfonso Pinto del Bot, contra el Real Decreto 480/1993, de 2 de abril, por el que se integra en el Régimen General de la Seguridad Social a los funcionarios de la Administración Local, se ha dictado, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Séptima), con fecha 24 de marzo de 1997, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo formulado por los recurrentes citados en el encabezamiento de esta sentencia, contra el Real Decreto 480/1993, de 2 de abril, sin hacer una especial imposición de costas.»

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 1 de agosto de 1997, ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Madrid, 7 de agosto de 1997.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Juan Junquera González.

Ilmos. Sres. Subsecretarios de Economía y Hacienda, Trabajo y Asuntos Sociales, Administraciones Públicas y del Departamento.

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