Contingut no disponible en valencià
De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla, en sus propios términos estimatorios, la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Octava), en el recurso número 292/1995, interpuesto por doña Milagrosa Sánchez de la Vega y otra, sobre pensión de viudedad y orfandad.
Madrid, 5 de agosto de 1997.-El Subsecretario, P. D., el Vicesecretario general técnico, Francisco Menchén Herreros.
Excmo. Sr. Director general de Personal. Subdirección General de Costes de Personal y Pensiones Militares.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid