De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla, en sus propios términos estimatorios, la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección 1.a), La Coruña, en el recurso número 63/1994, interpuesto por don José Domínguez Gandoy, sobre indemnización prevista en la Ley 19/1974.
Madrid, 5 de agosto de 1997.-El Subsecretario, P. D., el Vicesecretario general técnico, Francisco Menchén Herreros.
Excmo Sr. Director general de Personal. Subdirección General de Costes de Personal y Pensiones Militares.
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