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Visto el expediente de indulto de don Senén Fernández Trabanco, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Gijón, en sentencia de fecha 15 de julio de 1996, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de multa de 100.000 pesetas y privación del permiso de conducir por un año y seis meses, y un delito de quebrantamiento de condena, a la pena de un mes y un día de arresto mayor, por hechos cometidos en el año 1996; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de julio de 1997,
Vengo en conmutar a don Senén Fernández Trabanco la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de cincuenta días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 1.000 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 18 de julio de 1997.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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