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Documento BOE-A-1997-19667

Orden de 28 de agosto de 1997 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo 1.864/94, promovido por don Manuel López López.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 11 de septiembre de 1997, páginas 27015 a 27015 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1997-19667

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 9 de enero de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 1.864/94, en el que son par tes, de una, como demandante, don Manuel López López, y, de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 6 de septiembre de 1994, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 16 de mayo de 1994, sobre reintegro de gastos médicos.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Don Manuel López López contra la resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de 16 de mayo de 1994, que denegó la petición de reintegro de gastos médicos formulada por el recurrente, así como la de 6 de septiembre de 1994, por la que se desestimó el recurso ordinario formalizado contra la misma, debemos anular y anulamos dichas resoluciones, por contrarias a derecho; reconociendo en su lugar el que asiste al actor para ser reintegrado de los gastos por asistencia médica que reclama en la cuantía de 7.000 pesetas, a cuyo pago viene obligada la Administración demandada. Todo ello sin hacer expresa imposición de costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 28 de agosto de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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