La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia, con fecha 17 de junio de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 3/351/95, en el que son partes, de una, con demandante don Diego Victoria Victoria, y de otra como demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 16 de enero de 1995, que desestimaba el recurso administrativo interpuesto contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública de fecha 22 de abril de 1992, sobre compatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos:
Primero.-Debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Diego Victoria Victoria, contra las Resoluciones de Ministerio para las Administraciones Públicas de 22 de abril de 1992 y 16 de enero de 1995, y se confirman las citadas resoluciones íntegramente, en los términos reseñados en el fundamento jurídico octavo, por ser conformes a Derecho.
Segundo.-No se hace una expresa declaración en condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 28 de agosto de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
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