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Documento BOE-A-1997-20158

Orden de 4 de septiembre de 1997 por la que se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en el concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado por Orden de 4 de abril de 1997.

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 19 de septiembre de 1997, páginas 27668 a 27684 (17 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-20158

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el número 60 de la base X de la Orden de 4 de abril de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 10), por la que se convoca concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Maestros,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Nombrar funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros a los aspirantes, cuya selección fue hecha pública por las Comisiones de selección respectivas, de acuerdo con la base IX de la Orden de convocatoria, con asignación del número de Registro de Personal que les corresponde e indicación de la provincia a la que están adscritos, para la realización de la fase de prácticas.

Segundo.-De conformidad con el número 64 de la base XII de la Orden de 4 de abril de 1997, el nombramiento de funcionarios en prácticas no presupone que los aspirantes seleccionados reúnan los requisitos generales y específicos de participación establecidos en la mencionada Orden, sino que una vez finalizada la fase de prácticas por este Departamento se procederá a comprobar que los aspirantes declarados aptos en la misma reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria.

Tercero.-El nombramiento como funcionarios en prácticas surtirá efectos económicos y administrativos desde el 1 de septiembre de 1997.

De conformidad con el número 60 de la base X, los aspirantes que no se incorporen a su destino en el plazo de cinco días, a partir de la comunicación del mismo, se entenderá que han renunciado al concurso-oposición.

Cuarto.-De acuerdo con el punto 54 de la base IX de la Orden de convocatoria, para aquellos aspirantes que han superado el concurso-oposición en convocatorias correspondientes a distintas Administraciones educativas, la aceptación del primer nombramiento se entenderá como renuncia tácita a los restantes.

Quinto.-El régimen de los funcionarios nombrados será el establecido por la legislación vigente para los funcionarios en prácticas, que les será de aplicación, a todos los efectos, desde la fecha indicada de 1 de septiembre de 1997.

Sexto.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo), y en el número 58 de la base X de la Orden de convocatoria, aquellos funcionarios que ya estén prestando servicios remunerados en la Administración como funcionarios de carrera, interinos, contratados administrativos o como personal laboral, deberán optar expresamente por las remuneraciones que vienen percibiendo en cualquiera de tales situaciones, o por las que les corresponden como funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros, durante el tiempo que duren éstas.

Séptimo.-Los aspirantes nombrados funcionarios en prácticas a través de la presente Orden deberán declarar, bajo juramento o promesa, que no se hallan incursos en alguna de las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

Octavo.-Por la Dirección General de Personal y Servicios se adoptarán cuantas medidas e instrucciones se hagan precisas para el desarrollo de esta Orden.

Noveno.-Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo y forma establecidos en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, previa comunicación de su interposición a este Ministerio.

Madrid, 4 de septiembre de 1997.-P. D. (Orden de 1 de marzo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 2), la Directora general de Personal y Servicios, Carmen González Fernández.

Ilma. Sra. Directora general de Personal y Servicios.

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