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Documento BOE-A-1997-20206

Resolución de 12 de septiembre de 1997, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se hace público el tipo de interés efectivo anual para el cuarto trimestre natural de 1997, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 20 de septiembre de 1997, páginas 27731 a 27732 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-20206

TEXTO ORIGINAL

A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios, conforme a lo previsto en la disposición adicional undécima de la Ley 12/1996, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1997,

Esta Dirección General del Tesoro y Política Financiera hace público:

1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del tercer trimestre de 1997, en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado, son los siguientes:

Tipo de interés efectivo

equivalente al precio medio

ponderado redondeado

-

Porcentaje / Fecha

de subasta / Emisión

15- 7-97 al 5,0 por 100, de Bonos del Estado a tres años / 2- 9-97 / 5,178

15- 7-97 al 5,25 por 100, de Bonos del Estado a cinco años / 3- 9-97 / 5,581

15- 7-97 al 6,15 por 100, de Obligaciones del Estado a quince años / 3- 9-97 / 6,528

2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en el artículo 37.2.c) de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el artículo 59.7 del Real Decreto 537/1997, de 14 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, el tipo de interés efectivo anual de naturaleza explícita que resulta para el cuarto trimestre natural de 1997, determinado conforme establece la disposición adicional undécima de la Ley 12/1996, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1997, es el 3,178 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el 3,581 por 100 para aquéllos con plazo superior a cuatro años, pero igual o inferior a siete, y el 4,528 por 100 si se tratara de activos con plazo superior.

Madrid, 12 de septiembre de 1997.-El Director general, Jaime Caruana Lacorte.

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