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Documento BOE-A-1997-20232

Resolución de 26 de agosto de 1997, de la Subsecretaría, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de 21 de enero de 1997 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Sexta, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 60/1994, interpuesto por el Procurador señor González García en nombre y representación de don Salvador Durán Tomás.

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 22 de septiembre de 1997, páginas 27792 a 27792 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1997-20232

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de la sentencia de 21 de enero de 1997, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Sexta, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 60/1994, interpuesto por el Procurador señor González García en nombre y representación de don Salvador Durán Tomás, contra la Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores, de fecha 20 de enero de 1993, que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra el acuerdo del tribunal de oposiciones para acceso a la carrera diplomática recogido en el acta número 44 de la sesión celebrada el 29 de octubre de 1992, en la que se calificó de suspenso el segundo ejercicio del actor, así como contra la desestimación por silencio del recurso de reposición interpuesto contra la anterior, ha recaído sentencia de la antecitada fecha, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que rechazando la causa de inadmisibilidad alegada por el Abogado del Estado y desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor González García en nombre y representación de don Salvador Durán Tomás contra la Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores, de fecha 20 de enero de 1993, que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra el acuerdo del tribunal de oposiciones para acceso a la carrera diplomática recogido en el acta número 44 de la sesión celebrada el 29 de octubre de 1992, en la que se calificó de suspenso el segundo ejercicio del actor, así como contra la desestimación por silencio del recurso de reposición interpuesto contra la anterior, debemos declarar y declaramos tales resoluciones ajustadas a Derecho. Sin costas.»

En virtud de lo que antecede, esta Subsecretaría ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 26 de agosto de 1997.-El Subsecretario, José de Carvajal Salido.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.

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