De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Cuarta), en el recurso número 326/1994, interpuesto por don Manuel Torea Rama y otra, sobre indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado.
Madrid, 3 de septiembre de 1997.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Ilmo. Sr. General Director de Asuntos Económicos, Cuartel General de la Armada.
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