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Documento BOE-A-1997-2041

Resolución de 27 de octubre de 1996, del Instituto Nacional de Artes Escénicas y de la Música, relativa a la solicitud de reintegro de una subvención concedida por este Instituto en el año 1995 a la asociación «Nau per la Dansa», de Girona.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 1 de febrero de 1997, páginas 3250 a 3250 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-2041

TEXTO ORIGINAL

Por comunicación oficial con telegrama de fecha 27 de junio de 1995, recogido en Resolución de 21 de diciembre de 1995, del Instituto Nacional de Artes Escénicas y de la Música, por la que se conceden ayudas para actividades coreográficas correspondientes a este mismo año, convocadas por Resoluciones de 30 de enero de 1995, se concedió una ayuda de 2.750.000 pesetas a doña Ana Rovira Zamora, representante de la Asociación «Nau per la Dansa», de Girona, para la realización del Festival «Plural» en 1995. Con fecha 17 de octubre de 1995, le fue abonada a la Asociación «Nau per la Dansa» la cantidad de 2.750.000 pesetas, correspondiente al importe de la subvención concedida, con ADOP numero 2740/95, de fecha 17 de octubre de 1995. Posteriormente, y conociendo el déficit que esta Asociación tenía para poder llevar a cabo el citado festival, y vistas las renuncias presentadas por algunos adjudicatarios de las ayudas y el remanente presupuestario existente, por Resolución de la Directora general del Instituto Nacional de Artes Escénicas y de la Música, de fecha 21 de diciembre de 1995, se amplía la subvención concedida a esta Asociación a la cantidad de 3.750.000 pesetas, recibiendo un pago complementario de 1.000.000 de pesetas, con ADOP número 3940/95, de fecha 29 de diciembre de 1995. Presentada por dicha Asociación la justificación, con fecha 14 de febrero de 1996, se comunica a la interesada que se han recibido en la Subdirección General de Música documentos insuficientes e incompletos para la justificación de la subvención de 3.750.000 pesetas concedida.

Ante la falta de respuesta, con fecha 5 de marzo de 1996, se envía un telegrama, cuyo aviso no consta que fuera recogido, solicitando urgentemente la subsanación de los defectos observados en la justificación de la ayuda. Con fecha 26 de junio de 1996, el Instituto Nacional de Artes Escénicas y de la Música se remite al telegrama y reclama de nuevo la documentación. Esta carga se recoge en otra de fecha 4 de octubre de 1996, dando un plazo de diez días para la recepción de la documentación. Transcurrido el plazo indicado y teniendo en cuenta que se han cumplido las obligaciones derivadas de la concesión de la ayuda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81.9, a), de la Ley General Presupuestaria, procede el reintegro de la cantidad percibida y la exigencia del interés de la demora. Por lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, «Boletín Oficial del Estado» de 3 de enero de 1991), así como el artículo 81 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en la redacción dada por la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, procede iniciar los trámites oportunos para el reintegro de la subvención, de acuerdo con la liquidación que a continuación se detalla:

Cuantía a reintegrar: 3.750.000 pesetas.

Interés legal 9 por 100 anual: 9 por 100 de 2.750.000 pesetas, del 17 de octubre de 1995 al 26 de octubre de 1996 (trescientos setenta y siete días); 9 por 100 anual de 1.000.000 de pesetas, del 29 de diciembre de 1995 al 26 de octubre de 1996 (trescientos cuatro días).

Líquido a reintegrar: 3.750.000 pesetas.

Interés legal sobre 2.750.000 pesetas: 255.606 pesetas.

Interés legal sobre 1.000.000 de pesetas: 75.088 pesetas.

Total a reintegrar: 4.080.694 pesetas.

Contra esta Resolución puede interponerse recurso administrativo ordinario ante la Ministra de Educación y Cultura, en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación de la Resolución, según se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Comuníquese esta Resolución al interesado y a los órganos administrativos correspondientes.

Madrid, 27 de octubre de 1996.-El Director general, Tomás Marco Aragón.

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