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Documento BOE-A-1997-20690

Resolución de 3 de septiembre de 1997, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se hace pública la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas de selección para Vigilantes de seguridad y sus especialidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 27 de septiembre de 1997, páginas 28363 a 28369 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1997-20690

TEXTO ORIGINAL

En virtud de lo dispuesto en la base 2.5 de la Resolución de esta Secretaría de Estado, de 12 de febrero de 1997, por la que se convocaban pruebas de selección para Vigilantes de seguridad y sus especialidades, cuya superación habilitará para el ejercicio de las correspondientes profesiones, previa expedición de la tarjeta de identidad profesional, se dispone lo siguiente:

Primero.-Lista provisional de admitidos: Aprobar y hacer pública la lista provisional de admitidos a las pruebas de selección, con indicación del número de documento nacional de identidad, para la realización de las pruebas correspondientes.

Dicho listado se halla expuesto al público en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas; Subdirección General de Información y Atención al Ciudadano del Ministerio del Interior, calle Rafael Calvo, 33, teléfono (900) 15 00 00; en la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía, avenida de Pío XII, 50, de Madrid, teléfonos (91) 302 58 20 y (91) 302 37 93, o al interior 8722, y en todas las Comisarías Provinciales del Cuerpo Nacional de Policía.

Segundo.-Excluidos y causas de exclusión: Aprobar y hacer pública en anexo a la presente Resolución y en los locales a que se refiere el número anterior, la lista provisional de excluidos, con indicación además de la causa o causas de exclusión.

Las causas de exclusión se determinan por letras, con arreglo a las siguientes equivalencias:

a) Instancia fuera de plazo o mal cumplimentada.

b) Falta fotocopia debidamente compulsada del documento nacional de identidad.

c) El solicitante supera la edad reglamentaria.

d) Falta certificado de carecer de antecedentes penales.

e) Falta certificado, debidamente compulsado, de la titulación académica exigida en la convocatoria.

f) No presentar certificado de aptitudes físicas y psíquicas, o el presentado no se ajusta a las bases de la convocatoria.

g) Falta diploma o copia compulsada del mismo, acreditativo de haber superado el curso de Vigilante de seguridad, expedido por un Centro de Formación de Seguridad Privada autorizado por la Secretaría de Estado de Seguridad, o el presentado no se ajusta al punto cuarto o anexo 3 de la Orden de 7 de julio de 1995, del Ministerio del Interior, o bien, en su caso, falta certificación de su habilitación anterior expedido por el Servicio Central de Seguridad Privada de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana.

h) Falta fotocopia compulsada de su actual tarjeta de identidad profesional de Vigilante de seguridad o acreditación de la misma mediante certificación expedida por el Servicio Central de Seguridad Privada de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana.

i) Falta diploma o fotocopia compulsada del mismo que acredite la superación de los módulos profesionales complementarios y específicos de formación de Escoltas privados, expedido por un Centro de Formación de Seguridad Privada autorizado por la Secretaría de Estado de Seguridad.

j) Falta diploma o fotocopia compulsada de éste del curso correspondiente a los módulos profesionales complementarios y específicos de formación de Vigilantes de explosivos y sustancias peligrosas, superado en un Centro de Formación de Seguridad Privada autorizado.

k) Falta certificado médico oficial en el que se haga constar la estatura del aspirante para los solicitantes de Escoltas privados.

l) Falta declaración de cumplir los requisitos establecidos en los apartados f), g), h) e i) de la base 1.2 de la presente convocatoria.

m) Falta pago o justificante del mismo de la tasa 16.05, tarifa duodécima.

n) Falta pago o justificante del mismo de la tasa 16.05, tarifa decimocuarta.

Tercero.-Lugar de celebración de las pruebas: En aplicación de lo dispuesto en la base 4.2 de la convocatoria y en atención a facilitar al máximo la participación de los aspirantes, el Tribunal ha dispuesto descentralizar la realización de las pruebas en las ciudades de Barcelona (B), Las Palmas de Gran Canaria (GC), Madrid (M), Valencia (V), Sevilla (SE) y Valladolid (VA). Oportunamente se hará pública la convocatoria a pruebas y el calendario de las mismas.

El Tribunal ha realizado de oficio, y teniendo en cuenta la información de que dispone al día de la fecha, una asignación provisional de sede de examen para cada participante, expresada mediante la indicación, en la columna SEDE de las listas provisionales de admitidos y excluidos, de una de las abreviaturas correspondientes a las ciudades anteriormente reseñadas.

Los participantes que deseen realizar las pruebas en sede distinta a la ahora asignada deberán cursar la correspondiente petición, por escrito o mediante los teléfonos de la División de Formación y Perfeccionamiento a que se refiere el apartado primero de la presente Resolución, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Las peticiones serán resueltas en la lista definitiva de admitidos, y una vez publicada ésta, no se permitirá, en ningún caso, cambio de sede. La comparecencia de un aspirante en sede distinta de la asignada implicará su exclusión del proceso.

Cuarto.-Reclamaciones: Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para formular las reclamaciones que estimen oportunas. Las reclamaciones deberán remitirse a la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía, avenida de Pío XII, 50, 28016 Madrid.

Asimismo, los interesados podrán dirigirse a los teléfonos de la citada División, (91) 302 58 20 y (91) 302 37 93, para solicitar cualquier información relativa a la presente Resolución o para la corrección de simples errores materiales.

Madrid, 3 de septiembre de 1997.-El Secretario de Estado, Ricardo Martí Fluxá.

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