En cumplimiento de la sentencia de fecha 17 de marzo de 1997, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, de Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo número 1.753/94, promovido por doña Juana Victoria Reyes Márquez, contra el Ministerio de Asuntos Exteriores, ha recaído sentencia, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que estimando sustancialmente el recurso contencioso-administrativo número 1.753/94, interpuesto por doña Juana Victoria Reyes Márquez, en su propio nombre y representación, declaramos la nulidad, por no ajustarse a Derecho, del acuerdo impugnado precitado en el fundamento jurídico primero de esta sentencia, reconociendo el derecho a ser indemnizada en los términos que resultan de lo expuesto en el fundamento jurídico quinto. Sin costas. Y a su tiempo con certificación de esta sentencia para su cumplimiento, devuélvase el expediente administrativo al lugar de procedencia.»
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 29 de agosto de 1997.-El Subsecretario, José de Carvajal Salido.
Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.
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