Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 13 de junio de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 18/1994, promovido por doña Amparo Rueda Abascal, sobre abandono definitivo de la producción lechera; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo formulado por el Letrado don Miguel Ángel Díez Martínez, en nombre y representación de doña Amparo Rueda Abascal, contra las Resoluciones de fecha 10 de mayo de 1993, dictada por el SENPA, y la de 6 de septiembre de 1993, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, debemos declarar y declaramos que ambas Resoluciones son conformes a Derecho; sin hacer mención especial en cuanto a las costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 12 de septiembre de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
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