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Documento BOE-A-1997-21166

Orden de 16 de septiembre de 1997 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 2.866/1993 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, interpuesto por «Altos Hornos del Mediterráneo, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 6 de octubre de 1997, páginas 29111 a 29111 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1997-21166

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 2.866/1993, interpuesto por «Altos Hornos del Mediterráneo, Sociedad Anónima», contra la Orden de 2 de noviembre de 1993, desestimatoria de los recursos de alzada interpuestos contra Resoluciones de la Dirección Provincial de 23 de marzo y 13 de abril de 1993, sobre reversión de terrenos expropiados para la IV Planta Siderúrgica Integral de Sagunto, se ha dictado con fecha 30 de mayo de 1996, por el Tribunal Superior de la Comunidad Valenciana, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Altos Hornos del Mediterráneo, Sociedad Anónima", contra las Orden de 2 de noviembre de 1993, del Ministerio de Industria y Energía, desestimatoria de los recursos de alzada interpuestos contra las Resoluciones de 23 de marzo y 13 de abril de 1993, de la Dirección Provincial de Valencia, dictadas en los expedientes números 308, 446, 479, 526, 504, 523, 570, 581, 595, 600-B, 670, 762, 899 y 810, sobre reversión de terrenos expropiados para la Planta Siderúrgica Integral de Sagunto. No se hace expresa imposición de costas. Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

La anterior sentencia es firme al haberse dictado auto por el Tribunal Supremo con fecha 3 de junio de 1997 por el que se declara desierto el recurso de casación interpuesto contra la misma.

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos a la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de septiembre de 1997.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 23), el Subsecretario, Pedro Ferreras Díez.

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Departamento.

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