En el recurso contencioso-administrativo número 133/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Valencia por don Salvador de Lacy y Arberola, contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 8 de febrero de 1993 y 18 de noviembre de 1993, se ha dictado, con fecha 29 de mayo de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, contra la que se ha interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Salvador de Lacy y Arberola, contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 18 de noviembre de 1993, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la resolución del mismo organismo de 8 de febrero de 1993, por la que se rechazó de plano su solicitud de patente de invención número 9300199; que confirmamos dichos actos por ser conformes a Derecho; sin imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 13 de diciembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española del Patentes y Marcas.
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