En el recurso contencioso-administrativo número 1.868/1994-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Cointra, Sociedad Anónima», contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 6 de mayo de 1994, se ha dictado, con fecha 16 de septiembre de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales señor Vázquez Guillén, en nombre y representación de ointra, Sociedad Anónima'', contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de fecha 6 de mayo de 1994, debemos declarar y declaramos la conformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 13 de diciembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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