Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 9 de junio de 1997, por la Sección Quinta de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 5/2245/1995, promovido por don Fernando Arnao Zaragoza, contra resolución expresa de este Ministerio por la que se confirma en reposición la sanción disciplinaria impuesta al recurrente, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Estimamos en parte el recurso contencioso-administrativo promovido por don Fernando Arnao Zaragoza, contra las Resoluciones de la Dirección General del Instituto Nacional de la Salud de 17 de enero de 1991 y 3 de junio de 1994, a que el mismo se contrae, cuyas resoluciones declaramos contrarias a derecho y nulas, y dejamos sin efecto la sanción impuesta al recurrente, sin que haya lugar a las restantes pretensiones deducidas en el escrito de demanda.
Sin imposición de costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 10 de septiembre de 1997.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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