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Documento BOE-A-1997-21461

Resolución de 16 de septiembre de 1997, de la Subsecretaría, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes la denominada «Fundación para el Estudio de la Atención a la Familia», de Granada.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 9 de octubre de 1997, páginas 29414 a 29414 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-21461

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de la denominada «Fundación para el Estudio de la Atención a la Familia», instituida y domiciliada en Granada, calle San Antón, núme- ro 72.

Antecedentes de hecho

Primero.-La Fundación fue constituida por don Luis de la Revilla Ahumada y otros en escritura otorgada en Granada el día 20 de mayo de 1997.

Segundo.-Tendrá por objeto el desarrollo de la atención a la familia en los campos docentes y de investigación, así como la creación de foros de debate nacionales e internacionales sobre el abordaje familiar en el área de la atención primaria de salud.

Tercero.-La dotación inicial de la Fundación, según consta en la escritura de constitución, asciende a 1.505.416 pesetas.

Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía a un Patronato. Las normas sobre la composición, nombramiento y renovación del Patronato constan en los Estatutos, desempeñando los patronos sus cargos con carácter gratuito.

Quinto.-El primer Patronato se encuentra constituido por: Presidente: Don Luis de la Revilla Ahumada, Vicepresidente: Don Miguel Ángel Prados Quel, Secretario: Don Rafael Montoro Ruiz, Tesorero: Don Andrés Ángel Moreno Corredor, Vocales: Doña María Blanca Nieves Marcos Ortega, doña Emilia Bailón Muñoz, doña Ana María de los Ríos Álvarez y don Lorenzo Fleitas Cochoy, habiendo aceptado todos ellos sus respectivos cargos.

Sexto.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación se recoge en los Estatutos por los que se rige, sometiéndose expresamente en los mismos a la obligación de rendición de cuentas al Protectorado,

Vistos la Constitución vigente; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 25), de Fundaciones e Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General; el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, de 23 de febrero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo); el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas, de 21 de julio de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre), y demás disposiciones de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.-El artículo 34 de la Constitución reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

Segundo.-Es competencia de la Subsecretaría la resolución de este expediente, a tenor de lo establecido en el artículo 13.2.h) del Real Decre to 1887/1996, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 6).

Tercero.-El artículo 36.2 de la Ley de Fundaciones establece que la inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del órgano al que corresponda el ejercicio del Protectorado, en cuanto a la persecución de fines de interés general y a la determinación de la suficiencia de la dotación, considerándose competente, a tal efecto, la Secretaría General del Protectorado de Fundaciones Docentes de acuerdo con lo establecido en el artículo 107.10 del Reglamento de 1972.

Cuarto.-Examinados los fines de la fundación y el importe de la dotación, la Secretaría General del Protectorado estima que aquéllos son educativos y de investigación e interés general y que la dotación es inicialmente suficiente y adecuada para el cumplimiento de los fines; por lo que, acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 36 de la Ley y demás formalidades legales, procede acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones como de ámbito nacional,

Esta Subsecretaría, vista la propuesta formulada por el Servicio de Fundaciones y de conformidad con el informe del Servicio Jurídico del Departamento, ha resuelto inscribir en el Registro de Fundaciones a la denominada «Fundación para el Estudio de la Atención a la Familia», de ámbito nacional, con domicilio en Granada, calle San Antón, número 72, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 16 de septiembre de 1997.-El Subsecretario, Ignacio González González.

Sr. Secretario general del Protectorado de Fundaciones Docentes.

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