En el recurso contencioso-administrativo número 1.073/1993-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Scandinavian Airlines System Denmark-Norway-Sweden», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de junio de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y marcas de 12 de febrero de 1993, se ha dictado, con fecha 15 de julio de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales señor Ungría López, en nombre y representación de "Scandinavian Airlines System Denmark-Norway-Sweden", contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial, de fecha 5 de junio de 1991, confirmada en reposición por Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 12 de febrero de 1993, debemos declarar y declaramos la disconformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico, anulándolas en consecuencia, y el derecho de la actora a la inscripción de la marca número 1.306.302, con la limitación de servicios protegidos a "servicios de transporte por aire para personas y propiedades"; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 13 de diciembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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