En el recurso contencioso-administrativo número 65/1994-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Ada, Ayuda del Automovilista, Sociedad Anónima», contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 2 de junio de 1993, se ha dictado, con fecha 26 de junio de 1996, por el citado Tribunal, sentencia declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo formulado por la Procuradora de los Tribunales doña Izaskun Lacosta Guindano, en nombre y representación de "Ada, Ayuda del Automovilista, Sociedad Anónima", contra la resolución de fecha 2 de junio de 1993, dictada por la Oficina Española de Patentes y Marcas, debemos declarar y declaramos que dicha resolución es conforme a Derecho; sin hacer mención especial en cuanto a las costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 13 de diciembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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