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Documento BOE-A-1997-22124

Resolución de 30 de septiembre de 1997, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el recurso contencioso-administrativo número 289/1995, interpuesto por doña María del Coro García Pérez de Loza.

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 18 de octubre de 1997, páginas 30273 a 30273 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-22124

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dictado sentencia el 1 de abril de 1997 en el recurso contencioso-administrativo número 289/1995, interpuesto por doña María del Coro García Pérez de Loza, contra la resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 20 de octubre de 1994, que inadmitió el recurso administrativo planteado por la interesada contra la denegación presunta por falta de resolución expresa sobre la solicitud en su día formulada para que se le adjudicara, al haber superado las pruebas selectivas al Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública, el puesto de trabajo que desempeñaba u otro vacante en la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Álava.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Que debemos estimar y estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don Iván Picatoste Arrue, en representación de doña María del Coro García de Loza, contra la Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda, de 20 de octubre de 1994, por la que se inadmitía el recurso ordinario, por prematuro, interpuesto contra la denegación presunta, por silencio administrativo, de la solicitud de adjudicación de destino en la plaza que venía desempeñando o en otra vacante de las que estuvieran dotadas presupuestariamente en la Delegación de Álava de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que, por ser disconformes a derecho, anulamos, con reconocimiento del derecho de la parte recurrente a que se le adjudique la plaza solicitada. Sin condena en las costas procesales devengadas en esta instancia.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Madrid, 30 de septiembre de 1997.-El Director general, José Aurelio García Martín.

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