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Documento BOE-A-1997-22197

Orden de 29 de septiembre de 1997 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el recurso contencioso-administrativo número 850/1995, promovido por don Pedro Restituto Oliveros Ochoa y don Enrique Blas Soro.

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 20 de octubre de 1997, páginas 30354 a 30354 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1997-22197

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 2 de julio de 1997 por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda) en el recurso contencioso-administrativo número 850/1995, promovido por don Pedro Restituto Oliveros Ochoa y don Enrique Blas Soro, contra resoluciones expresas de este Ministerio desestimatorias de los recursos ordinarios formulados sobre devolución de cantidades indebidamente percibidas, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallamos: Primero.-Desestimar la causa de inadmisibilidad planteada por la Administración demandada.

Segundo.-Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Miguel José Garibo Peiró, en nombre, representación y defensa de don Pedro R. Oliveros Ochoa y don Enrique Blas Soro, contra resoluciones del Subsecretario de Sanidad y Consumo de 23 de febrero de 1995, por las que se desestima recurso ordinario entablado frente a otras de 20 de septiembre de 1994 de la Subdirección General de Personal, sobre devolución de las sumas de 940.027 y 1.656.585 pesetas.

Tercero.-No efectuar expresa imposición de costas.»

Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 29 de septiembre de 1997.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.

Ilmo. Sr. Secretario general Técnico del Departamento.

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