En el recurso contencioso-administrativo número 1.385/1994, seguido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a instancia de don Julio Arpón Amez, contra la resolución desestimatoria sobre reconocimiento y abono de todos los trienios devengados en la función pública con arreglo a la cantidad vigente para el Cuerpo de su actual pertenencia, ha recaído sentencia de fecha 28 de septiembre de 1996, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Julio Arpón Amez, contra la resolución denegatoria de abono de todos sus trienios en la cuantía correspondiente al grupo al que actualmente pertenece, debemos declarar y declaramos que dicha resolución es conforme a Derecho; sin imposición de las costas del proceso.»
En su virtud de lo que antecede, esta Subsecretaría ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 3 de enero de 1997.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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