En el recurso contencioso-administrativo número 1.624/1994, seguido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a instancia de don Antonio Caba Baena contra la resolución desestimatoria sobre reconocimiento y abono de diferencias salariales no abonadas, durante su situación de funcionario de empleo interino, y las percibidas por los funcionarios de carrera, en el mismo período, ha recaído sentencia de fecha 30 de mayo de 1996, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso interpuesto por don Antonio Caba Baena, contra la resolución referida al principio, debemos declarar y declaramos que la misma es ajustada a derecho; sin hacer imposición de costas.»
En virtud de lo que antecede, esta Subsecretaría ha dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la referida sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 3 de enero de 1997.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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