En el recurso contencioso-administrativo número 1.913/1987, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «Bopan Promociones Alimentarias, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de febrero de 1985 y 6 de abril de 1987, se ha dictado, con fecha 8 de noviembre de 1991, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Javier Ungría López, en nombre y representación de "Bopan Promociones Alimentarias, Sociedad Anónima", asistida del Letrado don José Enrique Astiz Suárez, contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de febrero de 1985, por la que se denegó la inscripción de la marca número 1.056.890, "Bopan Promociones Alimentarias, Sociedad Anónima", con gráfico, y contra la posterior Resolución de 6 de abril de 1987, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra aquélla, debemos declarar y declaramos que las Resoluciones recurridas son conformes a Derecho, confirmándolas íntegramente; sin expresa imposición de costas procesales.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de septiembre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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