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En el recurso contencioso-administrativo número 595/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Bericap, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 8 de octubre de 1992 y 8 de marzo de 1994, se ha dictado, con fecha 14 de mayo de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallo: En atención a lo expuesto, la Sala ha decidido estimar la demanda interpuesta por ericap, Sociedad Anónima'', contra las Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fechas 8 de octubre de 1992 y 8 de marzo de 1994, que otorgaron el modelo de utilidad número 9102403 apón-precinto perfeccionado'' a inycap, Sociedad Anónima'', actos que se anulan por no ser conformes a Derecho. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de septiembre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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