La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 28 de mayo de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 1/616/1994, en el que son partes, como demandante, el Sindicato de Comisarios de Policía, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra el Real Decreto 1334/1994, de 20 de junio, de estructura básica del Ministerio de Justicia e Interior.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que debemos rechazar la inadmisibilidad alegada por el Abogado del Estado y desestimamos el recurso interpuesto por el Sindicato de Comisarios de Policía, representado por el Procurador don Antonio Garrido Fernández, contra determinados preceptos del Real Decreto 1334/1994, de 20 de junio, sobre estructura básica del Ministerio de Justicia, al carecer el recurso de objeto en razón de la expresa derogación del citado Real Decreto; sin expresa imposición de costas.»
El Consejo de Ministros, en su reunión del día 26 de septiembre de 1997, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I.
Madrid, 10 de octubre de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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