Visto el expediente de indulto de don José Antonio Mata Fernández, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 9 de febrero de 1996, como autor de un delito de falsificación de sellos oficiales, a la pena de dos meses y un día de arresto mayor y multa de 40.000 pesetas; delito de uso de documento falso, a la pena de dos meses y un día de arresto mayor y multa de 40.000 pesetas, y delito de estafa, a la pena de multa de 40.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos entre los años 1984 y 1986; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de octubre de 1997,
Vengo en indultar a don José Antonio Mata Fernández las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 17 de octubre de 1997.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid