Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 8 de noviembre de 1996 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Novena), en el recurso contencioso-administrativo número 373/94, promovido por don José Manuel Carrasco Pozo contra resolución expresa de este Ministerio, desestimatoria del recurso de reposición formulado sobre su exclusión de la lista de admitidos al curso de perfeccionamiento para la obtención del título de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Valencia, cuyo pronun ciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don Salvador Sastre Anso, en nombre y representación de don José Manuel Carrasco Pozo, contra la resolución de la Dirección General de Planificación Sanitaria, de fecha 4 de marzo de 1991, confirmada en reposición por acuerdos del mismo órgano de fecha 25 de septiembre de 1991, debemos declarar y declaramos que las mentadas resoluciones se encuentran ajustadas a derecho.
No ha lugar a hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas en esta instancia.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 15 de octubre de 1997.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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